JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, tres de mayo de dos mil trece.-

203º Y 154º

EXPEDIENTE Nº 8550.-
DEMANDANTE: FRANKLIN ALEXIS PUCCINI.
DEMANDADO: JOSE LUIS PEREZ RANGEL.
MOTIVO: COBRO DE BOLIVARES VIA INTIMATORIA.

Vista la transacción por concepto de dación en pago celebrada, de fecha 30 de abril del corriente año, que riela inserta a los folios 15 al 17 del presente expediente, suscrito tanto por los ciudadanos JOSE LUIS PEREZ RANGEL Y EMILCE RODRIGUEZ ARAUJO, PARTE DEMANDADA, debidamente asistidos por la Abogada Dulce María Salazar de Puccini, PARTE DEMANDADA, y por la otra parte el Abogado PEDRO DAVID LOPEZ CHIRINOS, en su condición de Apoderado de la parte DEMANDANTE en el presente juicio, identificados up-supra mediante la cual en forma expresa la parte demandada da en dación en pago un vehículo de su propiedad cuyas características son las siguientes: Placas: 93FGBE; Serial de Carrocería: RN1069700736; serial de motor: 22R4218349, Marca TOYOTA, Año: 1997, Color: GRIS, clase RÚSTICO; tipo PICKUP; uso CARGA, certificado de Registro de vehículo Nº 25843391. La parte Actora aceptó la proposición expuesta por la parte demandada en los términos establecidos. En tal sentido este Tribunal acuerda homologar, de conformidad con lo previsto en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, los contratos no tienen efecto sino entre las partes contratantes, no dañan ni aprovechan a terceros, excepto, en los casos establecidos por la Ley. En orden a todo lo antes expuesto, este Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HOMOLOGA la expresada Transacción y le impartió el carácter de sentencia pasada con Autoridad de Cosa Juzgada; y por haberlo solicitado las partes el Tribunal da por terminado el juicio y ordena el archivo del expediente. Y ASI SE DECIDE.

LA JUEZA,


ABG./POL. FRANCINA MARIA RODULFO ARRIA.
LA SECRETARIA,


ABG. SUSANA PARRA CALDERON.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.