REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 15 de noviembre de 2013
203º y 154º
Expediente Nro. 08680
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
DEMANDANTE: CARLOS ALBERTO MARMOLEJO VEZGA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.873.181.
DEMANDADA: YIMARI CAROLINA QUINTERO, venezolana, mayor de edad titular de la cédula de identidad N° V-16.200.842.
MOTIVO: FIJACION DE REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
En el día de hoy, viernes 15/11/2013, presentes los ciudadanos CARLOS ALBERTO MARMOLEJO VEZGA y YIMARI CAROLINA QUINTERO, llegaron al presente convenimiento relacionado con la fijación de régimen de convivencia familiar en beneficio del niño OMITIR NOMBRE de 02 años de edad, y la niña OMITIR NOMBRE de 06 meses de edad, en los siguientes términos: El padre, ciudadano CARLOS ALBERTO MARMOLEJO VEZGA, buscara a sus hijos los días viernes cada quince días a las 6 pm en el hogar de la madre y los retornará, el domingo a las 6:00pm al mismo hogar. Asimismo, los días de vacaciones escolares el padre compartirá con sus hijos la mitad del referido periodo previo acuerdo con la madre. En la época navideña, compartirá los niños con su padre una fecha especial de forma alterna, comenzando este año el padre desde el 28 de diciembre hasta 03 de enero, y el año siguiente los buscará el 22 de diciembre y los retornará el 27 de diciembre. En Semana Santa y Carnaval los niños compartirán con su padre de forma alterna cada año, comenzando este próximo año carnaval con el padre. El día del padre los niños con el padre, el día de la madre lo compartirán con la madre, el día de cumpleaños de padre los niños compartirán con el padre, el día de cumpleaños de los niños, compartirán medio día con papá y medio día de mamá. Las partes manifiestan su conformidad y solicitan se homologue el presente acuerdo y se cierre el expediente. Oídas las exposiciones de las partes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: Homologar el acuerdo total celebrado entre los ciudadanos CARLOS ALBERTO MARMOLEJO VEZGA y YIMARI CAROLINA QUINTERO, dándole el efecto de sentencia firme ejecutoriada. Se ordena el cierre del expediente y el archivo del mismo. CUMPLASE. ---------------------------------------------

LA JUEZ

ABOG. DOANA RIVERA HERRERA


EL SECRETARIO TITULAR
ABOG. PABLO ALARCON SANCHEZ