REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES SALA UNO
Corte de Apelaciones Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, de Noviembre de 2013
203º Y 154º
ASUNTO PRINCIPAL : LJ01-X-2013-000071
ASUNTO : LJ01-X-2013-000071
PONENTE: DR. GENARINO BUITRIAGO ALVARADO
Vista la inhibición planteada por la Abogada MARIANINA DEL VALLE BRAZON SOSA, Juez de Primera Instancia en funciones de Control N° 03 de este Circuito Judicial Penal, de conocer en la causa instruida contra el ciudadano ALBERTO JOSE CEBALLOS Y WLADIMIR OSORIO en razón a que, conforme expone:
“…De conformidad con el articulo 89 numeral 4 de Código Orgánico Procesal Penal, ME INHIBO DE CONOCER LAS ACTUACIONES Nº LP01P2013015148 debido a que en fecha 01 de noviembre de este año (01/11/2013) estaba pautada la Audiencia Preliminar en estas actuaciones y debido a la revisión de la causa se verifico que en fecha trece de agosto de dos ,e trece 15/08/2013 se juramento como defensor el profesional del Derecho Francisco Ferreira con quien me une una relación de amistad siendo actualmente padrino de bautizo de mi menor hijo ...”
Visto los argumentos expuestos por el Juez de Primera Instancia en Funciones de Control N° 03 de éste Circuito Judicial Penal, está ajustada a derecho, pues la misma pudiera comprometer su imparcialidad en caso de llegar a continuar conociendo la causa en cuestión, por lo que la presente inhibición debe ser declarada con lugar.
Por los razonamientos expuestos, esa Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la inhibición planteada por la Abogada MARIANINA DEL VALLE BRAZON, Juez de Primera Instancia en funciones de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, conforme a la causal prevista en el artículo 89, numeral 4ºdel Código Orgánico Procesal Penal.
Cópiese, publíquese, compúlsese y remítase el presente cuaderno al Tribunal donde actualmente curse la causa principal, e igualmente remítase copia certificada de esta decisión al Tribunal de origen, a los fines de verificar la misma. Cúmplase
LOS JUECES DE LA CORTE DE APELACIONES,
DR. ERNESTO JOSÉ CASTILLO SOTO
PRESIDENTE
DR. GENARINO BUITRIAGO ALVARADO
PONENTE
DR. ADONAY GREGORIO SOLIS MEJIAS
LA SECRETARIA,
ABG. MIREYA QUINTERO
En fecha esta fecha se copió, se publicó, se compulsó y se remitió la causa anexa a oficio N° ________________ Va constante de ______ folios útiles. Se remite copia certificada de la presente decisión al juez inhibido anexa a oficio N° __________________.
LA SECRETARIA