REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA
EL VIGIA - ESTADO MERIDA
El Vigía, veinticinco (25) de noviembre del 2013.
203° y 154°
Mediante escrito presentado en fecha 29 de enero de 2013, (folios 322 al 324), por el abogado SALVADOR BENITEZ CADENAS, en su condición de Defensor Público Primero Agrario del Estado Mérida, y previo requerimiento de la parte demandada, ciudadano GREGORIO ROJAS, solicitando se homologue el convenimiento celebrado entre las partes mediante acta de fecha 16 de enero de 2013.
En fecha 30 de enero de 2013 (folio 327), el Tribunal dictó decisión homologando dicho convenimiento impartiéndole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa jugada y se abstiene de archivar el expediente, hasta tanto conste en auto el cumplimiento de la obligación.
En diligencia de fecha 18 de junio de 2013 (folio 329), el co-apoderado judicial de la parte actora solicitó al Tribunal se abstuviera de ordenar el archivo del expediente y oficiara al demandado a los fines de que explicara el porque del incumplimiento de la obligación.
Mediante auto de fecha 05 de agosto de 2013 (folio 331) el Tribunal ordenó la notificación de la parte demandada a los fines de celebrarse la audiencia conciliatoria.
En fecha 03 de octubre de 2013 (333 y 334), la abogada ISVETT ACOSTA MEJIAS, en su carácter de Defensora Pública Primera en Materia Agraria del Estado Mérida, consignó informe del cumplimiento del acuerdo celebrado entre las partes en fecha 16 de enero de 2013, a los fines de que se ordene el archivo del expediente.
Mediante auto de fecha 17 de octubre de 2013 (folio 340), el Tribunal libró notificación a la parte demandada a los fines de que contestara sobre las acusaciones hecha por la parte actora.
En fecha 04 de noviembre de 2013(folio 344), el Tribunal dejó constancia de que el demandado no dio contestación a las acusaciones hechas por la parte actora ni por sí ni por intermedio de apoderado judicial.
Con fecha 20 de noviembre de 2013 (folio 346 y 347), la abogada ISVETT ACOSTA MEJIAS, en su carácter de Defensora Pública Primera en Materia Agraria del Estado Mérida, en representación de la parte demandada, ciudadano GREGORIO ROJAS, promovió como prueba de incidencia el informe técnico emitido por el Área Técnica Agraria de la Defensa Pública, el cual riela a los folios 335 al 339.
Mediante diligencia de fecha 21 de noviembre de 2013 (folio 348), el coapoderado judicial de la parte actora, promovió como pruebas de incidencia el informe técnico realizado por el Área Técnica Agraria de la Defensa Pública, junto con el convenio realizado por ante la Defensa Pública.
Mediante autos de fecha 21 de noviembre de 2013 (folios 349 y 350), el Tribunal admitió las pruebas promovidas por ambas partes.
El Tribunal observa que según el convenimiento celebrado entre las partes, en fecha 16 de enero de 2013 y homologado por ante este Tribunal en fecha 30 de enero de 2013, versa sobre un camino peatonal, el cual el demandado, ciudadano GREGORIO ROJAS, a los fines de solucionar el conflicto se comprometió en culminar el tramo carretero a fin de adecuar la servidumbre peatonal existente para el paso vehicular. Así mismo, dicho convenimiento fue cumplido por la parte demandada tal como fue acordado por las partes, según se evidencia en informe técnico que obra agregado a los folios 335 al 339. Así se decide.
Por lo anteriormente expuesto, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara cumplido el convenimiento celebrado entre las partes mediante acta de fecha 16 de enero de 2013 (folio 326).
De conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase por Secretaría, para su archivo, copia fotostática certificada de la presente decisión.
La Juez Temporal,
Dra. Agnedys Hernández
La Secretaria,
Abg. Ana Thais Núñez Contreras
Exp. Nº 3158
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