REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS
LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA

203º y 154°

SOLICITUD NRO.8489.

S O L I C I T A N T E. MARIANELA BERMÚDEZ HIDALGO

M O T I V O: RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO

FECHA DE ADMISION: 15 DE NOVIEMBRE DE 2012.

VISTOS.-

L A N A R R A T I V A
Visto el escrito que encabeza estas actuaciones, mediante el cual la ciudadana MARIANELA BERMUDEZ HIDALGO, venezolana, mayor de edad, educadora, titular de la cédula de identidad Nº V.- 9.499.043, domiciliada en Mérida estado Mérida y hábil, asistida en este acto por la abogada en ejercicio AIDA ESMERALDA PAREDES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.718.814, inscrita en el Inpreabogado N° 86122, domiciliado en esta ciudad de Mérida y hábil, solicita la Rectificación de la Partida de Nacimiento que se encuentra inserta en los Libros del Registro Civil de Nacimiento de la Parroquia El Llano del Municipio Libertador Del Estado Mérida, signadas con el Nro. 2487 correspondiente al año 1967, que riela al folio cinco y su vuelto del presente expediente. Manifiesta la solicitante que en su partida de nacimiento se incurrió en un error material al colocar el nombre de su madre como ALTAGRACIA HIDALGO DE BERMUDEZ, siendo el nombre correcto MARIA ALTAGRACIA HIDALGO DE BERMUDEZ.
L A M O T I V A
El Tribunal pasa a analizar los recaudos y elementos probatorios existentes en autos a fin de determinar si se incurrió en el error material señalado al levantar la Partida de Nacimiento de la ciudadana MARIANELA BERMUDEZ HIDALGO. Al efecto observa esta Juzgadora que obran en autos los siguientes documentos: A) Copia certificada del Acta de Nacimiento de la ciudadana MARIANELA BERMUDEZ HIDALGO, expedida por el Registro Principal del Estado Mérida. B) Copia certificada del Acta de Defunción de la ciudadana MARÍA ALTAGRACIA HIDALGO DE BERMUDEZ, expedida por el REGISTRO CIVIL DEL MUNICIPIO VALERA. C) Copia certificadas del Acta de Nacimiento de la ciudadana MARÍA ALTAGRACIA HIDALGO, expedida por la Registro Principal del Estado Trujillo. D) Copia certificada de los datos filiatorios de la ciudadana MARÍA ALTAGRACIA HIDALGO DE BERMUDEZ, expedida por el Servicio Administrativo Identificación Migración y Extranjería. (SAIME). E) Copia de la Cédula de Identidad de la ciudadana MARIANELA BERMUDEZ HIDALGO. F) Edicto inserto al folio veinte del presente expediente, publicado en un Diario de mayor circulación nacional.
Encuentra este Tribunal que de los recaudos documentales acompañados a la solicitud se derivan suficientes elementos probatorios para dar por demostrado el error o el cambio señalado por la solicitante en cuanto al nombre de su madre al indicar el nombre completo y correcto de la madre en el Acta de Nacimiento antes mencionada. Del análisis anterior se desprende que han quedado probados suficientemente los hechos narrados en el libelo, en cuanto al error y el cambio invocado que aparece en la partida de nacimiento N°2487, correspondiente al año 1967 perteneciente a la ciudadana MARIANELA BERMUDEZ HIDALGO, llevada por el Registro Civil de la Parroquia El Llano del Municipio Libertador del Estado Mérida, razón por la cual la solicitud de rectificación de la partida de nacimiento a que se contrae en este expediente debe ser declarada con lugar y así se decide.
L A D I S P O S I T I V A
Por fuerza de todos los razonamientos de hechos y de Derecho que han sido en forma pormenorizada y reseñados en la parte motiva del presente dictamen; este TRIBUNAL PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
UNICO: CON LUGAR LA SOLICITUD DE RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO N°2487, inserta en los Libros de Registro Civil de Nacimientos llevado por el Registro Civil de la Parroquia El Llano del Municipio Libertador del Estado Mérida correspondiente al año1967, correspondiente a la ciudadana MARIANELA BERMUDEZ HIDALGO que el original y en el duplicado que reposa en el libro de Partidas de Nacimientos llevado en dicho Registro Civil, aparezca en lo sucesivo en dicha acta el nombre completo correcto de la madre de la solicitante en la forma siguiente: MARÍA ALTAGRACIA HIDALGO DE BERMUDEZ. Queda así rectificada dicha acta.
DADA, FIRMADA Y SELLADA EN LA SALA DE DESPACHO DEL JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, 05 de Noviembre de 2013.
LA JUEZA TITULAR:

Dra. FRANCINA MARÍA RODULFO ARRÍA.

LA SECRETARIA

ABG. SUSANA EVELIA PARRA CALDERON
En la misma fecha se publicó la presente sentencia siendo las 1:23 pm de la tarde y se dejo copia certificada.
La Secretaria: