REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA

JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA.- Mérida, ocho (08) de noviembre de dos mil trece (2.013).
203º y 154º

Vista la diligencia de fecha cinco (05) de noviembre de 2.013, suscrita por el abogado ROSAURO SILVA FIGUEROA, en su carácter acreditado en autos y vencido el lapso para el cumplimiento voluntario de la sentencia dictada por este tribunal en fecha treinta (30) de septiembre de (2.013), se ordena la ejecución forzosa y en consecuencia líbrese MANDAMIENTO DE EJECUCIÓN a cualquier tribunal competente de la República de conformidad con el Artículo 892 del Código de Procedimiento Civil vigente y se ordena a la parte demandada hacer efectiva entrega a la parte actora del vehículo con las siguientes características: MARCA: FORD; MODELO: F-150 4.6L AUT PICK-UP; AÑO: 2.008; COLOR: NEGRO; USO: CARGA; PLACA: 69EKAV; SERIAL DE CARROCERÍA: 3FTRF17W68MA16847; SERIAL DEL MOTOR: 8MA16847. Líbrese el correspondiente Mandamiento de Ejecución.
LA JUEZ

ABG. MARÍA ELCIRA MARÍN OSORIO.


LA SECRETARIA

ABG. MARÍA E. ABREU D.