el día de hoy Martes (05) de (Noviembre) de 2013, siendo las (9:30 a.m.), habiendo salido el Tribunal de su sede, a las (9:00 a.m.), y habilitado como se encuentra el Tribunal, se trasladó y constituyó previa solicitud de la parte actora, en la Vuelta de Lola, en la sede del Instituto de Transporte y Transito Terrestre Nº 62, del Estado Mérida, con el fin de practicar la Inspección Judicial vehicular, solicitada por el Ciudadano HÉCTOR JULIO MARÍN GARCÍA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- _22.663.573, asistido por la Abogado (a): NILDA MARÍA ROJAS D, con cédula de identidad Nº V- 8.035.529, Inpreabogado Nº 80.934, sobre el vehículo con las siguientes características: Placa: 7A8A15P, Serial de Carrocería: 1N69HAV112418, Serial de Motor: V0328FCN, Año: 1980, Color: Blanco y azul, Tipo: Sedan, Uso: Transporte Público, el me pertenece conforme al Certificado de Vehículo Nº 32071182Y (1N69HAV112418-2-1), de fecha: 23/10/2013, expedido por el Instituto de Transporte Terrestre. Seguidamente el Tribunal procede a juramentar al funcionario designado, Ciudadano: JOSÉ GREGORIO OVIEDO MONTILLA, portador de la cédula de Identidad Nº V- 9.475.620, credencial Nº 3305. Acto seguido el Tribunal insta al funcionario, a los fines que deje constancia de los particulares siguientes a que se contrae la presente inspección, conforme a Solicitud que corre inserta al folio (1 vto). AL PRIMERO: el Tribunal deja constancia con el auxilio del funcionario: Si, todas sus características coinciden en su totalidad, con el certificado de Registro presentado e identificado en la presente acta. AL SEGUNDO: El Tribunal deja constancia con el auxilio del funcionario Se observa que al ser estampado el último dígito sobre el serial del chasis, aparece sobremontado, lo cual fue en la planta ensambladora; los demás se encuentran sin ninguna observación. AL TERCERO: El Tribunal deja constancia con el auxilio del funcionario: Tal como se observaron de la impronta tomada de los mismos coinciden con el Certificado de Registro; presentado en la presente inspección. AL CUARTO: Verificado como ha sido por el funcionario designado en el Sistema Integral de Información Policial, y en el Instituto Nacional de Tránsito Terrestre (INTT), el Tribunal deja constancia que el vehículo objeto de esta inspección no está solicitado por ninguna autoridad u organismo respectivo. En este mismo acto el Tribunal recibe del funcionario designado, las improntas tomadas al vehículo, constantes de (01) folio útil, las cuales se acuerdan agregar a la presente solicitud. OBSERVACIONES: En el Acto el Funcionario nombrado tomó las improntas de Chasis, Body, Carrocería “Tablero” y serial Motor, agregadas en este mismo acto.
Cumplida como ha sido la presente Inspección Judicial Vehicular, se acuerda devolver en original con sus resultas al solicitante, dejando en su lugar copia fotostática certificada de todas sus actuaciones para el archivo del Tribunal; se respetaron los derechos y garantías Constitucionales, y por estas actuaciones no se recaudó arancel judicial alguno dada la gratuidad de la justicia. Terminó, se leyó y conformes firman, siendo las (10:05 a.m ); reincorporándose el Tribunal a su sede siendo las (10:30 am). LA JUEZA TITULAR (FDO) ABG. IRIA BRACHO DE SUÁREZ, FIRMA ILEGIBLE. EL SOLICITANTE (FDO) ABOGADO ASISTENTE (FDO) EL FUNCIONARIO (FDO) LA SECRETARIA TITULAR (FDO) ABG. ZONIA GONZÁLEZ B., FIRMA ILEGIBLE.
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