REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS
MUNICIPIOS MIRANDA Y PUEBLO LLANO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA
EN SU NOMBRE
EXP. N° 2013-014
DEMANDANTE: EUGENIA DEL ROSARIO CARRIZO RUZ (ASISTIDA DE ABOGADO)
MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE PARTIDAS DE NACIMIENTO.-
I
PARTE EXPOSITIVA:
VISTOS: El escrito que encabeza estas actuaciones promueve la acción de RECTIFICACIÓN DE PARTIDAS DE NACIMIENTO POR ERROR DE FONDO, de la ciudadana EUGENIA DEL ROSARIO CARRIZO RUZ, venezolana, mayor de edad, soltera, comerciante, titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.497.858, domiciliada en la parroquia Timotes Municipio Miranda del Estado Mérida, actuando en su nombre y en representación de sus hermanos ciudadanos: RIGOBERTO CARRIZO RUZ, MAURO DE JESÚS CARRIZO RUZ, ADELA COROMOTO CARRIZO RUZ, RAMONA DARNELY CARRIZO RUZ, ARGENIS DE JESÚS CARRIZO RUZ, CLAUDIO CESAR CARRIZO RUZ, Y CARMEN ALICIA CARRIZO RUZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 5.758.560, 3.909.993, 5.758.683, 5.107.443, 9.315.838, 10.039.706 y 10.036.150 en su orden respectivo y hábiles, según se evidencia en Poder debidamente autenticado por ante la Oficina de Registro Público con funciones Notariales de los Municipios Miranda, Pueblo Llano y Julio Cesar Salas del Estado Mérida de fecha 05 de Junio de 2013, inserto bajo el N° 100, Tomo XI, de los Libros de Autenticaciones llevados por ante esa oficina y de fecha 06 de Junio del año 2013, inserto bajo el N° 03, Tomo XII, de los Libros de Autenticaciones llevados por ante la referida oficina, asistida por el abogado en ejercicio PEDRO LEONARDO RODRÍGUEZ VILLARREAL, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 125.424, titular de la Cédula de Identidad N° 16.533.527, domiciliado en esta población de Timotes Municipio Miranda del Estado Mérida y hábil.------------------------------------------------------
D O C U M E N T A C I Ó N: Acompaña la parte demandante al escrito los siguientes documentos: Copia fotostática simple de la Cédula de Identidad de la Ciudadana EUGENIA DEL ROSARIO CARRIZO RUZ, expedida por el Ministerio de Relaciones Exteriores de fecha 30 de Julio de 2005; copia fotostática simple del Poder debidamente autenticado por ante la Oficina de Registro Público con funciones Notariales de los Municipios Miranda, Pueblo Llano y Julio Cesar Salas del Estado Mérida de fecha 05 de Junio de 2013, inserto bajo el N° 100, Tomo XI, de los Libros de Autenticaciones llevados por ante esa oficina y de fecha 06 de Junio del año 2013, inserto bajo el N° 03, Tomo XII, de los Libros respectivos; Copias fotostáticas simples de las cédulas de identidad de los Ciudadanos: EUGENIA DEL ROSARIO CARRIZO RUZ, RIGOBERTO CARRIZO RUZ, MAURO DE JESÚS CARRIZO RUZ, ADELA COROMOTO CARRIZO RUZ, RAMONA DARNELY CARRIZO RUZ, ARGENIS DE JESUS CARRIZO RUZ, CLAUDIO CESAR CARRIZO RUZ Y CARMEN ALICIA CARRIZO RUZ, expedidas por el Ministerio de Relaciones exteriores de fechas: 30 de Julio de 2005; 07 de Marzo de 2005; 02 de Agosto de 2006; 29 de Agosto de 2006; 27 de Noviembre de 2009; 04 de Agosto de 2005; 10 de Agosto de 2005 y 15 de Enero de 2007 en su orden respectivo; copia certificada de la Partida de Nacimiento de la promovente, inserta bajo el N° 215, correspondiente al año 1966, expedida por el Registro Principal del Estado Mérida de fecha 17 de Agosto de 2010; copia fotostática simple de la Partida de Nacimiento asentada por ante la PREFECTURA CIVIL DEL DISTRITO MIRANDA ESTADO MÉRIDA, hoy REGISTRO CIVIL DEL MUNICIPIO MIRANDA DEL ESTADO MÉRIDA, bajo el N° 215, correspondiente al año de 1.966; Copia certificada de la partida de Nacimiento de la Ciudadana. RAMONA DARNELY CARRIZO RUZ, asentada por ante LA AUTORIDAD CIVIL DEL MUNICIPIO LA PUERTA hoy REGISTRO CIVIL DE LA PARROQUIA LA PUERTA DEL ESTADO TRUJILLO, bajo el N° 63, correspondiente al año 1956, de fecha 04 de Junio de 2013; copia certificada de la Partida de Nacimiento del ciudadano MAURO DE JESÚS CARRIZO RUZ, inserta bajo el N° 9, correspondiente al año 1954, expedida por el Registro Principal del Estado Mérida de fecha 17 de Agosto de 2010; copia fotostática simple de la Partida de Nacimiento asentada por ante la PREFECTURA CIVIL DEL DISTRITO MIRANDA ESTADO MÉRIDA, hoy REGISTRO CIVIL DEL MUNICIPIO MIRANDA DEL ESTADO MÉRIDA, bajo el N° 9, correspondiente al año de 1.954; copia certificada de la Partida de Nacimiento del ciudadano CLAUDIO CESAR CARRIZO RUZ, inserta bajo el N° 345, correspondiente al año 1970, expedida por el Registro Principal del Estado Mérida de fecha 17 de Agosto de 2010; copia fotostática simple de la Partida de Nacimiento asentada por ante la PREFECTURA CIVIL DEL DISTRITO MIRANDA ESTADO MÉRIDA, hoy REGISTRO CIVIL DEL MUNICIPIO MIRANDA DEL ESTADO MÉRIDA, bajo el N° 345, correspondiente al año de 1.970; Copia certificada de la Partida de Nacimiento de la ciudadana CARMEN ALICIA CARRIZO RUZ, inserta bajo el N° 353, correspondiente al año 1968, expedida por el Registro Principal del Estado Mérida, de fecha 17 de Agosto de 2010; Copia fotostática simple de la Partida de Nacimiento asentada por ante la PREFECTURA CIVIL DEL DISTRITO MIRANDA ESTADO MÉRIDA, hoy REGISTRO CIVIL DEL MUNICIPIO MIRANDA DEL ESTADO MERIDA, bajo el N° 353, correspondiente al año de 1.968; copia certificada de la Partida de Nacimiento del ciudadano ARGENIS DE JESÚS CARRIZO RUZ, inserta bajo el N° 196, correspondiente al año 1964, expedida por el Registro Principal del Estado Mérida de fecha 17 de Agosto de 2010; Copia fotostática simple de la Partida de Nacimiento asentada por ante la PREFECTURA CIVIL DEL DISTRITO MIRANDA ESTADO MÉRIDA, hoy REGISTRO CIVIL DEL MUNICIPIO MIRANDA DEL ESTADO MÉRIDA, bajo el N° 196, correspondiente al año de 1.964; Copia certificada de la Partida de Nacimiento del ciudadano RIGOBERTO CARRIZO RUZ, inserta bajo el N° 86, correspondiente al año 1960, expedida por el Registro Principal del Estado Mérida de fecha 17 de Agosto de 2010; Copia fotostática simple de la Partida de Nacimiento asentada por ante la PREFECTURA CIVIL DEL DISTRITO MIRANDA ESTADO MÉRIDA, hoy REGISTRO CIVIL DEL MUNICIPIO MIRANDA DEL ESTADO MÉRIDA, bajo el N° 86, correspondiente al año de 1.960; copia certificada de la Partida de Nacimiento de la ciudadana ADELA COROMOTO CARRIZO RUZ, inserta bajo el N° 206, correspondiente al año 1962, expedida por el Registro Principal del Estado Mérida de fecha 17 de Agosto de 2010; Copia fotostática simple de la Partida de Nacimiento asentada por ante la PREFECTURA CIVIL DEL DISTRITO MIRANDA ESTADO MÉRIDA, hoy REGISTRO CIVIL DEL MUNICIPIO MIRANDA DEL ESTADO MÉRIDA, bajo el N° 206, correspondiente al año de 1.962; Copia simple de la Cédula de identidad de la madre de la promovente Ciudadana MARIA CARLOTA RUZ DE CARRIZO, expedida por el Ministerio de Relaciones Exteriores en fecha 23 de Enero de 1988; Copia fotostática certificada de la partida de nacimiento de la madre de la promovente, Ciudadana MARIA CARLOTA asentada por ante la PRIMERA AUTORIDAD CIVIL DEL MUNICIPIO TIMOTES, DISTRITO MIRANDA DEL ESTADO MÉRIDA hoy REGISTRO CIVIL DEL MUNICIPIO MIRANDA DEL ESTADO MÉRIDA, bajo el N° 96, correspondiente al año 1935; de fecha 29 de Julio de 2010, Copia certificada de la Partida de Nacimiento de la ciudadana MARIA CARLOTA RUZ BRICEÑO, inserta bajo el N° 96, correspondiente al año 1935, expedida por el Registro Principal del Estado Mérida de fecha 17 de Agosto de 2010; Copia certificada del acta de matrimonio Nº 12 de fecha 10 de Abril de 1953, de los ciudadanos: CLAUDIO MARIA CARRIZO SALAZAR y MARIA CARLOTA RUZ BRICEÑO, padres de la demandante ciudadana EUGENIA DEL ROSARIO CARRIZO RUZ, expedida por el Registro Civil la Puerta y Mendoza, Municipio Valera del Estado Trujillo, en fecha 27 de Enero de 2012.
Este Tribunal admitió la demanda en fecha 17 de Julio de 2013, por el procedimiento pautado en el articulo 770 del Código de Procedimiento Civil, y abrió el tramite del proceso librando boleta de notificación a la Fiscal de Guardia de Protección del Niño, el Adolescente y la Familia del Ministerio Publico del Estado Mérida y ordenó la publicación en la prensa de un EDICTO.--------------------
Al folio cuarenta y ocho (48) corre inserta diligencia del alguacil en la cual consigna debidamente firmada boleta de notificación de la Fiscal de Guardia de Protección del Niño, el Adolescente y la Familia del Ministerio Publico del Estado Mérida.---------------------------------------------------------------------------------------------------
Al folio cincuenta (50) del presente expediente corre inserta diligencia de fecha 08 de Octubre de 2013, suscrita por el abogado PEDRO LEONARDO RODRIGUEZ VILLARREAL, en la cual consigna un ejemplar del Diario “EL NACIONAL”, de fecha 03 de Octubre de 2013, en la cual aparece publicado el Edicto ordenado por el Tribunal en la pagina siete (7), sección de Información.----
Al folio cincuenta y dos (52), mediante auto este Tribunal ordeno el desglose de la pagina en la cual aparece publicado el Edicto en el Diario “EL NACIONAL” de la ciudad de Caracas, de fecha 03 de Octubre de 2013, pagina siete (7), sección Información .--------------------------------------------------------------------
Al folio cincuenta y tres (53) del presente expediente corre inserta constancia suscrita por la secretaria temporal de este Juzgado, en la cual se evidencia que en la oportunidad señalada por este Tribunal, para que tuviera lugar el acto de Edicto, no compareció ninguna persona con interés en el presente proceso.--------------------------------------------------------------------------------------------------
En la oportunidad legal para promover pruebas, la parte demandante no promovió ninguna.-------------------------------------------------------------------------------------
PRETENSION:
“La demandante manifiesta en su escrito, que en el momento de la transcripción de las actas de nacimiento, tanto en el Libro Principal como en el de duplicado llevado por la PREFECTURA CIVIL DEL DISTRITO MIRANDA ESTADO MÉRIDA, hoy REGISTRO CIVIL DEL MUNICIPIO MIRANDA DEL ESTADO MÉRIDA, se incurrió en el error de fondo de colocar el nombre de su progenitora de forma errónea y equivoca donde aparece como “MARIA ROMELIA” en unas y entras solo “ROMELIA” cuando en realidad el verdadero y correcto nombre es “MARIA CARLOTA RUZ DE CARRIZO como consta en todos los documentos probatorios.----------------------------------------------------------------
II
PARTE MOTIVA
ANALISIS DE LOS MEDIOS PROBATORIOS:
El Tribunal pasa a analizar los recaudos y elementos probatorios existentes en autos, a fin de determinar si se incurrió en el error de fondo señalado al levantar las actas de nacimiento de los ciudadanos: EUGENIA DEL ROSARIO CARRIZO RUZ, RIGOBERTO CARRIZO RUZ, MAURO DE JESÚS CARRIZO RUZ, ADELA COROMOTO CARRIZO RUZ, RAMONA DARNELY CARRIZO RUZ, ARGENIS DE JESÚS CARRIZO RUZ, CLAUDIO CESAR CARRIZO RUZ, Y CARMEN ALICIA CARRIZO RUZ. Al efecto observa éste Juzgador que obran en autos los siguientes documentos probatorios:
1.- Copia fotostática simple de la Cédula de Identidad de la Ciudadana EUGENIA DEL ROSARIO CARRIZO RUZ, expedida por el Ministerio de Relaciones Exteriores de fecha 30 de Julio de 2005; 2.- copia fotostática simple del Poder debidamente autenticado por ante la Oficina de Registro Público con funciones Notariales de los Municipios Miranda, Pueblo Llano y Julio Cesar Salas del Estado Mérida de fecha 05 de Junio de 2013, inserto bajo el N° 100, Tomo XI, de los Libros de Autenticaciones llevados por ante esa oficina y de fecha 06 de Junio del año 2013, inserto bajo el N° 03, Tomo XII, de los Libros respectivos; 3.- Copias fotostáticas simples de las cédulas de identidad de los Ciudadanos: EUGENIA DEL ROSARIO CARRIZO RUZ, RIGOBERTO CARRIZO RUZ, MAURO DE JESÚS CARRIZO RUZ, ADELA COROMOTO CARRIZO RUZ, RAMONA DARNELY CARRIZO RUZ, ARGENIS DE JESUS CARRIZO RUZ, CLAUDIO CESAR CARRIZO RUZ Y CARMEN ALICIA CARRIZO RUZ, expedidas por el Ministerio de Relaciones exteriores de fechas: 30 de Julio de 2005; 07 de Marzo de 2005; 02 de Agosto de 2006; 29 de Agosto de 2006; 27 de Noviembre de 2009; 04 de Agosto de 2005; 10 de Agosto de 2005 y 15 de Enero de 2007 en su orden respectivo; 4.- Copia certificada de la Partida de Nacimiento de la promovente, inserta bajo el N° 215 correspondiente al año 1966, expedida por el Registro Principal del Estado Mérida de fecha 17 de Agosto de 2010; 5.- Copia fotostática simple de la Partida de Nacimiento asentada por ante la PREFECTURA CIVIL DEL DISTRITO MIRANDA ESTADO MÉRIDA, hoy REGISTRO CIVIL DEL MUNICIPIO MIRANDA DEL ESTADO MÉRIDA, bajo el N° 215, correspondiente al año de 1966; 6.- Copia certificada de la partida de Nacimiento de la Ciudadana. RAMONA DARNELY CARRIZO RUZ, asentada por ante LA AUTORIDAD CIVIL DEL MUNICIPIO LA PUERTA hoy REGISTRO CIVIL DE LA PARROQUIA LA PUERTA DEL ESTADO TRUJILLO, bajo el N° 63 correspondiente al año 1956, de fecha 04 de Junio de 2013; 7.- Copia certificada de la Partida de Nacimiento del ciudadano MAURO DE JESÚS CARRIZO RUZ, inserta bajo el N° 9, correspondiente al año 1954, expedida por el Registro Principal del Estado Mérida de fecha 17 de Agosto de 2010; 8.- Copia fotostática simple de la Partida de Nacimiento asentada por ante la PREFECTURA CIVIL DEL DISTRITO MIRANDA ESTADO MÉRIDA, hoy REGISTRO CIVIL DEL MUNICIPIO MIRANDA DEL ESTADO MÉRIDA, bajo el N° 9, correspondiente al año de 1.954; 9.- Copia certificada de la Partida de Nacimiento del ciudadano CLAUDIO CESAR CARRIZO RUZ, inserta bajo el N° 345, correspondiente al año 1970, expedida por el Registro Principal del Estado Mérida de fecha 17 de Agosto de 2010; 10.- Copia fotostática simple de la Partida de Nacimiento asentada por ante la PREFECTURA CIVIL DEL DISTRITO MIRANDA ESTADO MÉRIDA, hoy REGISTRO CIVIL DEL MUNICIPIO MIRANDA DEL ESTADO MÉRIDA, bajo el N° 345, correspondiente al año de 1.970; 11.- Copia certificada de la Partida de Nacimiento de la ciudadana CARMEN ALICIA CARRIZO RUZ, inserta bajo el N° 353, correspondiente al año 1968, expedida por el Registro Principal del Estado Mérida, de fecha 17 de Agosto de 2010; 12.- Copia fotostática simple de la Partida de Nacimiento asentada por ante la PREFECTURA CIVIL DEL DISTRITO MIRANDA ESTADO MÉRIDA, hoy REGISTRO CIVIL DEL MUNICIPIO MIRANDA DEL ESTADO MERIDA, bajo el N° 353, correspondiente al año de 1.968; 13.- Copia certificada de la Partida de Nacimiento del ciudadano ARGENIS DE JESÚS CARRIZO RUZ, inserta bajo el N° 196, correspondiente al año 1964, expedida por el Registro Principal del Estado Mérida de fecha 17 de Agosto de 2010; 14.- Copia fotostática simple de la Partida de Nacimiento asentada por ante la PREFECTURA CIVIL DEL DISTRITO MIRANDA ESTADO MÉRIDA, hoy REGISTRO CIVIL DEL MUNICIPIO MIRANDA DEL ESTADO MÉRIDA, bajo el N° 196, correspondiente al año de 1.964; 15.- Copia certificada de la Partida de Nacimiento del ciudadano RIGOBERTO CARRIZO RUZ, inserta bajo el N° 86, correspondiente al año 1960, expedida por el Registro Principal del Estado Mérida de fecha 17 de Agosto de 2010; 16.- Copia fotostática simple de la Partida de Nacimiento asentada por ante la PREFECTURA CIVIL DEL DISTRITO MIRANDA ESTADO MÉRIDA, hoy REGISTRO CIVIL DEL MUNICIPIO MIRANDA DEL ESTADO MÉRIDA, bajo el N° 86, correspondiente al año de 1.960; 17.- Copia certificada de la Partida de Nacimiento de la ciudadana ADELA COROMOTO CARRIZO RUZ, inserta bajo el N° 206, correspondiente al año 1962, expedida por el Registro Principal del Estado Mérida de fecha 17 de Agosto de 2010; 18.- Copia fotostática simple de la Partida de Nacimiento asentada por ante la PREFECTURA CIVIL DEL DISTRITO MIRANDA ESTADO MÉRIDA, hoy REGISTRO CIVIL DEL MUNICIPIO MIRANDA DEL ESTADO MÉRIDA, bajo el N° 206, correspondiente al año de 1.962; 19.- Copia simple de la Cédula de identidad de la madre de la promovente Ciudadana MARIA CARLOTA RUZ DE CARRIZO, expedida por el Ministerio de Relaciones Exteriores en fecha 23 de Enero de 1988; 20.- Copia fotostática certificada de la partida de nacimiento de la madre de la promovente, Ciudadana MARIA CARLOTA asentada por ante la PRIMERA AUTORIDAD CIVIL DEL MUNICIPIO TIMOTES, DISTRITO MIRANDA DEL ESTADO MÉRIDA hoy REGISTRO CIVIL DEL MUNICIPIO MIRANDA DEL ESTADO MÉRIDA, bajo el N° 96, correspondiente al año 1935; de fecha 29 de Julio de 2010, 21.- Copia certificada de la Partida de Nacimiento de la ciudadana MARIA CARLOTA RUZ BRICEÑO, inserta bajo el N° 96, correspondiente al año 1935, expedida por el Registro Principal del Estado Mérida de fecha 17 de Agosto de 2010; 22.- Copia certificada del acta de matrimonio Nº 12 de fecha 10 de Abril de 1953, de los ciudadanos: CLAUDIO MARIA CARRIZO SALAZAR y MARIA CARLOTA RUZ BRICEÑO, padres de la solicitante ciudadana EUGENIA DEL ROSARIO CARRIZO RUZ, expedida por el Registro Civil la Puerta y Mendoza, Municipio Valera del Estado Trujillo, en fecha 27 de Enero de 2012. Quien decide le da pleno valor probatorio de conformidad con los artículos 1357, 1360 Y 1380 del Código Civil, en concordancia con el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil. ASÍ SE DECIDE.-------------------------------------------------------------------------------------------
Este Tribunal del análisis, que ha hecho de las actas que obran en autos, observa que ha quedado probado en forma suficiente los hechos narrados en el escrito libelar, en cuanto a los errores invocados por la demandante, en las actas de nacimiento números: 215 de fecha 11 de Agosto de 1966; 9 de fecha 20 de Enero de 1954; 345 de fecha 16 de Noviembre de 1970; 353 de fecha 29 de Octubre de 1968; 196 de fecha 23 de Septiembre de 1964; 86 de fecha 23 de abril de 1960; 206 de fecha 15 de Septiembre de 1962; asentadas por ante la Prefectura Civil del Distrito Miranda, del Estado Mérida, hoy Registro Civil del Municipio Miranda del Estado Mérida, y partida N° 63 de fecha 15 de Mayo de 1956; asentada por la Prefectura Civil de la Parroquia La Puerta, hoy Registro Civil de la Parroquia la Puerta, Municipio Valera del Estado Trujillo; actas de las cuales solicitan su Rectificación conforme a la Ley, por lo tanto la acción propuesta debe ser declarada CON LUGAR y ASÍ SE DECIDE.------------------------
DECISIÓN:
Por lo antes expuesto, este JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MIRANDA Y PUEBLO LLANO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA de conformidad con los Artículos 2, 25, 26, 49, 253 y 257 de la Carta Magna, en concordancia con lo previsto en el Artículo 504 del Código Civil, Artículos 770, 771 y 772 del Código de Procedimiento Civil y dando cumplimiento a la Resolución N° 2013-0006, de fecha 20 de Febrero de 2013, aprobada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, Administrando Justicia en Nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara CON LUGAR, la Demanda de RECTIFICACIÓN DE LAS PARTIDAS DE NACIMIENTO números: 215 de fecha 11 de Agosto de 1966; 9 de fecha 20 de Enero de 1954; 345 de fecha 16 de Noviembre de 1970; 353 de fecha 29 de Octubre de 1968; 196 de fecha 23 de Septiembre de 1964; 86 de fecha 23 de abril de 1960; 206 de fecha 15 de Septiembre de 1962; insertas en los libro de Registro de Nacimientos llevados por LA PREFECTURA CIVIL DEL DISTRITO MIRANDA, DEL ESTADO MÉRIDA, HOY REGISTRO CIVIL DEL MUNICIPIO MIRANDA DEL ESTADO MÉRIDA, y en su duplicado que reposan en el REGISTRO PRINCIPAL DEL ESTADO MÉRIDA y partida N° 63 de fecha 15 de Mayo de 1956 inserta en los libros de Registros de Nacimientos llevados por LA PREFECTURA CIVIL DE LA PARROQUIA LA PUERTA, HOY REGISTRO CIVIL DE LA PARROQUIA LA PUERTA, MUNICIPIO VALERA DEL ESTADO TRUJILLO y en su duplicado que reposa en el REGISTRO PRINCIPAL DEL ESTADO TRUJILLO, correspondiente al año 1956, en el entendido de que tanto en el libro de Nacimientos Principal que se encuentra en EL REGISTRO CIVIL DEL MUNICIPIO MIRANDA DEL ESTADO MÉRIDA y en su duplicado que reposa en el REGISTRO PRINCIPAL DEL ESTADO MÉRIDA, y en el REGISTRO CIVIL DE LA PARROQUIA LA PUERTA, MUNICIPIO VALERA DEL ESTADO TRUJILLO y en su duplicado que reposa en el REGISTRO PRINCIPAL DEL ESTADO TRUJILLO aparezca en lo sucesivo en dichas partidas el nombre de la progenitora de la demandante y sus hermanos como “MARIA CARLOTA RUZ DE CARRIZO”, y no como aparece erróneamente:“MARIA ROMELIA” o “ROMELIA”. Quedan así rectificadas dichas partidas de Nacimiento. Y ASI SE DECIDE.-------------------------------------------------------------------------------------------
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA U ORIGINAL DE LA PRESENTE DECISIÓN, de conformidad con lo previsto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1.384 del Código Civil y de los cardinales 3 y 9 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.-----------------------------
DADA, FIRMADA, SELLADA Y REFRENDADA EN LA SALA DE DESPACHO DEL JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MIRANDA Y PUEBLO LLANO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. En Timotes, a los trece (13) días del mes de Noviembre de dos mil trece (2013).
EL JUEZ EJECUTOR:
ABG. OSCAR OMAR ESCALANTE ROPERO
EL SECRETARIO TEMPORAL
ABG. JOSE GREGORIO ESCALANTE TAMAYO
En la misma fecha del auto anterior se publico la presente decisión siendo las once y quince minutos de la mañana.
EL SECRETARIO TEMPORAL
ABG. JOSE GREGORIO ESCALANTE TAMAYO
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