REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA





PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida con sede en Mérida.
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, veintidós de octubre de dos mil trece.

203º y 154 º
ASUNTO: 20626

Vista el acta de esta misma fecha en la cual la ciudadana OMITIR NOMBRE manifiesta al Tribunal que su nieto ya es mayor de edad así como lo manifestado por el ciudadano OMITIR NOMBRE, en la cual ratifica lo dicho por su abuela y que el trabaja y la ayuda y que no tiene nada que reclamar sobre la tutela y visto que ya ceso la causa que dio origen a ello es por lo que solicitan el cierre y archivo del presente expediente. En consecuencia, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACION DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA: el cierre del presente expediente Nº 20626 DEMANDANTE: OMITIR NOMBRE, MOTIVO: TUTELA . PROCEDENCIA: PARTICULAR. FECHA DE ENTRADA: DIA: 18, MES: DICIEMBRE, AÑO: 2008 y su remisión al Archivo Judicial. CÚMPLASE.

LA JUEZA

ABG. CONSUELO DEL C. TORO DAVILA


EL SECRETARIO

PABLO ALARCON SANCHEZ


EL SRIO.