JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, veintitrés de octubre de 2013.-

203º y 154º
Vista la diligencia de fecha 21 de octubre de 2013, suscrita por el abogado CIRO ANTONIO LOPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.206.122, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 91.365, en su carácter de co-apoderado de la parte demandante tal y como consta en instrumento poder que obra al folio 6 del presente expediente, mediante la cual desiste del presente procedimiento. El Tribunal homologa dicho desistimiento, por tener el abogado que desistió facultades expresas para ello, tal y consta en el mencionado poder, le imparte el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, de conformidad con los artículos 263 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, da por terminado el proceso, y se ordena el archivo del presente expediente una vez quede firme la presente decisión. Y así se decide.-
EL JUEZ

ABG/MG.Sc. JUAN CARLOS GUEVARA L.



LA SECRETARIA TEMPORAL

ABG. LII ELENA RUIZ TORRES.
JCGL/LER/CAS