EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, CON COMPETENCIA ORDINARIA. Mérida, quince (15) de Octubre de dos mil trece (2.013)
203° y 154°
SOLICITANTE: Abg. EDUARDO JOSÉ MASINI SANDIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.102.896, casado, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 76.417, de este domicilio y jurídicamente hábil, actuando en nombre y representación de los ciudadanos ANA GOMEZ DE ROSALES, CARLOS EDUARDO ROSALES GOMEZ, FANNY DEL CARMEN ROSALES DE CERRADA, FREDDY LUIS ROSALES GOMEZ, FRACISCO ORLANDO ROSALES GOMEZ Y NANCY COROMOTO ROSALES GOMEZ, venezolanos, mayores de edad, viuda la primera, casada la tercera y solteros los otros cuatro, titulares de las cédulas de identidad No.V-2.453.845, V-8.000.125, V-8.025.365, V-8.034.665, V-8.044.315 y V- 10.102.661, respectivamente, según consta Poder Autenticado por ante la Notaría Pública Cuarta del Estado Mérida en fecha 29 de Julio de 2013, anotado bajo el Nº 44, Tomo 79 de los libros de autenticaciones llevados por dicha notaría.
MOTIVO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
SOLICITUD N° 00061
CAPITULO I
DE LA NARRATIVA
Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, interpuesta por el Abg. EDUARDO JOSÉ MASINI SANDIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.102.896, casado, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 76.417, de este domicilio y jurídicamente hábil, actuando en nombre y representación de los ciudadanos ANA GOMEZ DE ROSALES, CARLOS EDUARDO ROSALES GOMEZ, FANNY DEL CARMEN ROSALES DE CERRADA, FREDDY LUIS ROSALES GOMEZ, FRACISCO ORLANDO ROSALES GOMEZ Y NANCY COROMOTO ROSALES
GOMEZ, venezolanos, mayores de edad, viuda la primera, casada la tercera y solteros los
otros cuatro, titulares de las cédulas de identidad No.V-2.453.845, V-8.000.125, V-8.025.365, V-8.034.665, V-8.044.315 y V- 10.102.661, respectivamente, según consta Poder Autenticado por ante la Notaría Pública Cuarta del Estado Mérida en fecha 29 de Julio de 2013, anotado bajo el Nº 44, Tomo 79 de los libros de autenticaciones llevados por dicha notaría, en virtud de la cual requiere a este Juzgado se declaren como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del causante JOSÉ ERNESTO ROSALES CONTRERAS, quien era venezolano, casado, mayor de edad, titular de la cedula de identidad V- 667.609, natural de Mérida Estado Mérida, quien falleciera en el Instituto Autónomo Hospital Universitario de los Andes (IAHULA), Avenida Urdaneta, del Estado Mérida, en fecha dos (02) de Enero del año 2013, como consta en la Copia Certificada del Acta de Defunción expedida por Registro Civil de la Parroquia Domingo Peña, Municipio Libertador del Estado Mérida inserta bajo el No 08, correspondiente al año 2.013, quien era cónyuge y padre de los ciudadanos ANA GOMEZ DE ROSALES, CARLOS EDUARDO ROSALES GOMEZ, FANNY DEL CARMEN ROSALES DE CERRADA, FREDDY LUIS ROSALES GOMEZ, FRACISCO ORLANDO ROSALES GOMEZ Y NANCY COROMOTO ROSALES GOMEZ, anteriormente identificados, tal y como desprende de las copias certificadas del acta de defunción, aca de matrimonio, partidas de nacimiento y las copias simples de las cédulas de identidad, de quienes solicitan a este Juzgado se realice la respectiva declaratoria.
Visto igualmente los recaudos acompañados a la presente solicitud, consistentes en:
A)- Declaración de testigos de los ciudadanos: EDUARDO JOSÉ MASINI SANDIA, MARIA DEL CARMEN ALVAREZ CARRERO, quienes fueron presentados por la parte interesada ante la Notaria Publica Cuarta del Estado Mérida, en fecha treinta (30) de Julio de dos mil trece (2.013) (Folios 14 al 18 con sus vueltos)
B)- Copia certificada del Acta de Defunción del ciudadano JOSÉ ERNESTO ROSALES CONTRERAS, inserta por ante la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Domingo Peña, Municipio Libertador del Estado Mérida, bajo el No 08, correspondiente al año dos mil trece (2013), (folios 6 y 7 con su vueltos).
C) Copia fotostática certificada del Acta de Matrimonio de los ciudadanos JOSÉ ERNESTO ROSALES CONTRERAS y ANA GOMEZ DE ROSALES, inserta por ante el Registro Civil de la Parroquia Milla, Municipio Libertador del Estado Mérida, bajo el No 26, correspondiente al año mil novecientos cincuenta y cuatro (1954) (folios 08 con su vuelto).
D)- Copia certificada de la Partida de Nacimiento del ciudadano CARLOS EDUARDO ROSALES GOMEZ, inserta por ante el Registro Civil de la Parroquia El Llano, Municipio Libertador del Estado Mérida, bajo el No 337, correspondiente al año mil novecientos sesenta (1960), (folio 09).
E)- Copia certificada de la Partida de Nacimiento de la ciudadana FANNY DEL CARMEN ROSALES DE CERRADA , inserta por ante el Registro Civil de la Parroquia El Llano, Municipio Libertador del Estado Mérida, bajo el No 1951, de los libros de registro civil de Nacimientos llevados por ese despacho, correspondiente al año mil novecientos sesenta y uno (1961), (folio 10 ).
F)- Copia certificada de la Partida de Nacimiento del ciudadano FREDDY LUIS ROSALES GOMEZ, inserta por ante el Registro Civil de la Parroquia El Llano, Municipio Libertador del Estado Mérida, bajo el No 1337, correspondiente al año mil novecientos sesenta y cuatro (1964), (folio 11).
G)- Copia certificada de la Partida de Nacimiento del ciudadano FRACISCO ORLANDO ROSALES GOMEZ, inserta por ante el Registro Civil de la Parroquia El Llano, Municipio Libertador del Estado Mérida, bajo el No 1746, correspondiente al año mil novecientos sesenta y seis (1966), (folio 12 ).
H)- Copia certificada de la Partida de Nacimiento de la ciudadana NANCY COROMOTO ROSALES GOMEZ , inserta por ante el Registro Civil de la Parroquia El Llano, Municipio Libertador del Estado Mérida, bajo el No 2885, de los libros de registro civil de Nacimientos llevados por ese despacho, correspondiente al año mil novecientos sesenta y ocho (1968), (folio 13 ).
I)- Copia simple de las cédulas de identidad de los Ciudadanos: JOSÉ ERNESTO ROSALES CONTRERAS, ANA GOMEZ DE ROSALES, CARLOS EDUARDO ROSALES GOMEZ, FANNY DEL CARMEN ROSALES DE CERRADA, FREDDY LUIS ROSALES GOMEZ, FRACISCO ORLANDO ROSALES GOMEZ Y NANCY COROMOTO ROSALES GOMEZ (Folios 19 al 25).
Esta juzgadora al encontrar que la anterior solicitud no ha sido objetada ni ha tenido oposición de ninguna naturaleza y por cuanto estima suficientes en Derecho las actuaciones y recaudos acompañados, así como las declaraciones de los testigos presentados ante la Notaria Publica Cuarta del Estado Mérida, en fecha treinta (30) de Julio de dos mil trece (2.013), en atención y consideración a las razones ya expuestas es por lo que este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS
LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO MERIDA, CON COMPETENCIA ORDINARIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, considera SUFICIENTES Y BASTANTES las presentes actuaciones para declararla de conformidad con el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, como TITULO ASEGURATIVO, derecho que les asiste a los ciudadanos: ANA GOMEZ DE ROSALES, CARLOS EDUARDO ROSALES GOMEZ, FANNY DEL CARMEN ROSALES DE CERRADA, FREDDY LUIS ROSALES GOMEZ, FRACISCO ORLANDO ROSALES GOMEZ Y NANCY COROMOTO ROSALES GOMEZ, venezolanos, mayores de edad, viuda la primera, casada la tercera y solteros los otros cuatro, titulares de las cédulas de identidad No.V-2.453.845, V-8.000.125, V-8.025.365, V-8.034.665, V-8.044.315 y V- 10.102.661, respectivamente, como UNICOS UNIVERSALES Y HEREDEROS del causante JOSÉ ERNESTO ROSALES CONTRERAS, quien era venezolano, casado, mayor de edad, titular de la cedula de identidad V- 667.609, natural de Mérida Estado Mérida, quien falleciera en el Instituto Autónomo Hospital Universitario de los Andes (IAHULA), Avenida Urdaneta, del Estado Mérida, en fecha dos (02) de Enero del año 2013, como consta en la Copia Certificada del Acta de Defunción expedida por Registro Civil de la Parroquia Domingo Peña, Municipio Libertador del Estado Mérida inserta bajo el No 08, correspondiente al año 2.013, dejando a salvo los derechos que pudieran asistirle a terceras personas. DADO, SELLADO, FIRMADO Y REFRENDADO EN LA SALA DE DESPACHO DE ESTE JUZGADO
PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, CON COMPETENCIA ORDINARIA. En la Ciudad de Mérida, a los quince (15) días del mes de Octubre del año dos mil trece (2.013). Años 203° de la Independencia y 154° de la Federación.
LA JUEZA EL SECRETARIO
ABG. MIREYA FLORES FLORES ABG. JESUS QUINTERO
En la misma fecha se publico la anterior decisión siendo las dos de la tarde, quedando asentada en el libro diario y se dejo copia certificada de esta sentencia por secretaría, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.-
EL SECRETARIO
ABG JESUS QUINTERO
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