En el día de hoy, ocho (08) de Octubre del año dos mil trece (2.013), siendo las nueve de la mañana, oportunidad fijada por este Juzgado para que tenga lugar el acto de comparecencia de los ciudadanos GERARDA CALDERON DUGARTE Y EVARISTO CALDERON DUGARTE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº V- 8.008.200 y V-5.203.455 respectivamente, domiciliados en la Parcela Nº PV-027 del Asentamiento Campesino Prado Verde, Sector Las Cuadras de El Valle Grande, Parroquia Gonzalo Picón Febres, Municipio Libertador del Estado Mérida y civilmente hábiles. Se abrió el acto, previo el pregón de Ley, dado por la Alguacil Temporal a las puertas del Despacho y no habiendo comparecido los ciudadanos mencionados a pesar de haber sido legalmente citados, el JUZGADO DECLARA RECONOCIDO el documento PRIVADO DE VENTA DE UN LOTE DE MEJORAS Y BIENHECHURIAS, que obran inserto en los folios 02 con su vuelto y 03 del presente expediente constituidas por: deforestación de vegetación mediana, baja, destroncamiento, despedregamiento, drenajes y acondicionamiento de terreno, cercas perimetrales con muros en piedra y estantillos de madera y tres (03) pelos de alambre de púa, matas de mora de castilla, y hortalizas. Lo anterior descrito se ubica sobre un lote de terreno patrimonio del Instituto Nacional de Tierra (INTI): ubicado en la Parcela Nº PV-027 del Asentamiento Campesino Prado Verde, Sector Las Cuadras de El Valle Grande, Parroquia Gonzalo Picón Febres, Municipio Libertador del Estado Mérida, cuyos linderos y demás especificaciones consta en el documento que e original acompaña a la presente solicitud, suscrito entre los ciudadanos GERARDA CALDERON DUGARTE Y EVARISTO CALDERON DUGARTE (vendedores) y de la ciudadana MARISELA COROMOTO APARICIO DE BANNENBERG, (compradora), documento privado con fecha 26 de Mayo de 2013 , por la cantidad de CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y TRES BOLÍVARES (Bs. 432.493,00), en fecha 26 de Mayo de dos mil trece, tanto en su contenido, sus firmas dicho documento. Es todo, se leyó y conformes firman.

LA JUEZA,

ABG. MIREYA FLORES FLORES.

El SECRETARIO

ABG. JESUS QUINTERO R .