Vista la solicitud de SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES, recibida por Distribución en fecha 18-09-2013, suscrita por los Ciudadanos: LUZ MARINA RODRÍGUEZ MÁRQUEZ y RONNY ÁNGEL NAVARRO MARTÍNEZ, admitida dicha solicitud por ante este Juzgado en fecha 19-09-2013. Estando presentes los solicitantes Ciudadanos LUZ MARINA RODRÍGUEZ MÁRQUEZ y RONNY ÁNGEL NAVARRO MARTÍNEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V- 8.031.010 y V- 12.927.473, en su orden respectivo, debidamente asistidos por la Abogada en ejercicio XIOMARA COROMOTO RODRÍGUEZ MÁRQUEZ, titular de la cédula de identidad N° V- 8.030.996, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 77.542. Se aperturó el Acto conciliatorio fijado para la fecha y hora indicada, les fue leído el contenido del escrito de Separación de Cuerpos y Bienes, la Jueza procedió a hacer a los exponentes las consideraciones necesarias para mantener el matrimonio, sin haberlo logrado, acto seguido los solicitantes manifestaron al Tribunal que es su propósito continuar con la separación de cuerpos y ratifican en este acto el escrito de Separación de Cuerpos. En consecuencia, de conformidad con los artículos 188, 189 y 190 del Código Civil, este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS, DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIOPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, CON COMPETENCIA ORDINARIA; CONFORME A RESOLUCIÓN N° 2013-0006 DEL T.S.J., ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA consumada la presente SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES; interpuesta por los cónyuges antes identificados, y suspende entre ellos la vida en común y demás obligaciones económicas que de mutuo acuerdo se impusieron los manifestantes. Expídanse por Secretaría sendas copias certificadas de la presente manifestación y entréguese a cada uno de los solicitantes, Insértese al pie de la misma el contenido del presente auto, de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Se autoriza al Ciudadano LUIS SANCRSITOBAL, Alguacil Suplente para la elaboración de los fotostatos. LA JUEZA TITULAR, (FDO) ABG. IRIA BRACHO DE SUÁREZ, FIRMA ILEGIBLE. LA CÓNYUGE (FDO)LUZ MARINA RODRÍGUEZ MÁRQUEZ, FIRMA ILEGIBLE. EL CÓNYUGE (FDO), RONNY ÁNGEL NAVARRO MARTÍNEZ, FIRMA ILEGIBLE. LA ABOGADA ASISTENTE,(FDO) ABG. XIOMARA COROMOTO RODRÍGUEZ MÁRQUEZ, FIRMA ILEGIBLE. LA SECRETARIA TITULAR, (FDO) ABG. ZONIA C GONZÁLEZ B., FIRMA ILEGIBLE.
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