REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida con sede en Mérida.
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 25 de Abril del 2014.


204º 155º

Visto, por cuanto se evidencia al folio 03 Acta de nacimiento de la ciudadana OMITIR NOMBRE, quien actualmente cuenta con la mayoría de edad, y vista la diligencia que corre inserta en el folio 42 suscrita por la Abg. Sonia Carrero en su condición de Fiscal Décimo Quinta del Ministerio Público; en tal sentido conforme al artículo 02 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en concordancia con lo establecido en el artículo 18 del Código Civil, en consecuencia, este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, acuerda cerrar el presente procedimiento de COLOCACION FAMILIAR Y REPRESENTACION LEGAL, signado con el Nº 17499, DEMANDANTES: BARRIOS MENDEZ MARCOS IGINIO Y GUZMAN DE MONSALVE GAUDENCIA, fecha de entrada: 14 de Noviembre del 2011, y remitir el expediente al Archivo Judicial del Estado Mérida para su archivo y custodia. CÚMPLASE.---------


LA JUEZA

ABG. CONSUELO DEL C. TORO DAVILA


LA SECRETARIA


ABG. ANA LEONOR PEÑA DE GONZALEZ


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en le auto anterior.

LA SRIA.







EF
EXP. 17499