REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRÉS BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARRACCIOLO PARRA OLMEDO.
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. El Vigía, diez de abril de dos mil catorce.
203° y 155°
Por recibido. Désele entrada y el curso de Ley correspondiente. Fórmese expediente. Vista la demanda POR DESALOJO, interpuesta por el ciudadano JOHNNY JAVIER FINOL MARQUEZ, venezolano, mayor de edad, comerciante, titular de la cédula de identidad No. 16.742.869, domiciliado en esta ciudad de El Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida; en su carácter de apoderado judicial del ciudadana ELSA CARMEN MARQUEZ ROMERO, venezolana, mayor de edad, divorciada, titular de la cédula de identidad No. 7.692.845, asistido de la abogada GERALDYS DEL CARMEN PORTILLO PADILLA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad No. 15.356.707, domiciliada en esta ciudad de El Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida; contra los ciudadanos JOSE CEFIRIO VERGARA y JOSE OSCAR VERGARA, venezolanos, mayores de edad, comerciantes, titulares de la cédula de identidad No. 9.022.308 y 9.195.488, domiciliados en esta ciudad de El Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida. . Así decide.
LA JUEZ
ABG. NEDDY SALAS MORILLO
LA SECRETARIA
ABG. MARIA EUGENIA DIAZ LEAL.
En la misma fecha se le dio entrada bajo el No. 1348-2014.
La Sria