REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 07 de agosto de 2014
204º y 155º
Expediente Nro. 08811
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
DEMANDANTE: ANA HILDA PEÑA PEÑA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-22.988.250
DEMANDADO: RIGO ALEXANDER SANTIAGO DIAZ, venezolano, mayor de edad titular de la cédula de identidad N° V-16.201.300.
MOTIVO: REVISION, AUMENTO DE LA OBLIGACION DE MANUTENCION Y BONOS.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
En el día de hoy, jueves 07/08/2014, presente los ciudadanos ANA HILDA PEÑA PEÑA y RIGO ALEXANDER SANTIAGO DIAZ, llegaron al presente convenimiento relacionado con la revisión y aumento de la obligación de manutención y bonos en beneficio de los niños OMITIR NOMBRES, de 9 y 7 años de edad, en los siguientes términos: El padre ciudadano RIGO ALEXANDER SANTIAGO DIAZ, se compromete a aumentar la obligación de manutención en la cantidad de DOS MIL BOLIVARES (Bs.2.000) mensuales, así mismo aumenta los bonos especiales para el mes de diciembre y el mes de agosto en la cantidad de CINCO MIL BOLÍVARES (Bs.5.000) cada bono. Estas cantidades sufrirán un aumento del 20% anual y será depositadas en la cuenta de ahorros del Banco Provincial a nombre de la progenitora de los niños, cuenta que el padre manifiesta conocer. De igual manera el padre se compromete a aportar el 50% de los gastos generados con ocasión a medicinas, consultas médicas especializadas, odontológicas y otros gastos extraordinarios que se pudieran generar. En este acto por cuanto existen una serie de gastos médicos que han generado los niños el padre se compromete a depositar la cantidad de 2.670 bolívares el día de mañana. Las partes manifiestan su conformidad y solicitan se homologue el presente acuerdo y se cierre el expediente. Oídas las exposiciones de las partes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: Homologar el acuerdo total celebrado entre los ciudadanos ANA HILDA PEÑA PEÑA y RIGO ALEXANDER SANTIAGO DIAZ, dándole el efecto de sentencia firme ejecutoriada. Se ordena el cierre del expediente y el archivo del mismo. CUMPLASE. --------------------------------

LA JUEZ


ABOG. DOANA RIVERA HERRERA

LA SECRETARIA TEMPORAL
ABOG. JHOANNY ROJAS MARIN