REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 01 de Agosto de 2014
204º y 155º
Expediente Nro. 10548
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
DEMANDANTE: LUSITH BERENICE GAMEZ PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-23.724.620
DEMANDADO: OMAR ALIRIO ARREDONDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.317.210
MOTIVO: FIJACION DE LA OBLIGACION DE MANUTENCION BONOS
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
El día de hoy, viernes 01/08/2014, presente los ciudadanos LUSITH BERENICE GAMEZ PEREZ y OMAR ALIRIO ARREDONDO, quienes manifestaron estar de acuerdo en la FIJACION DE LA OBLIGACION DE MANUTENCION Y BONOS a favor del niño OMITIR NOMBRE, de cuatro meses (04) de edad en los siguientes términos: El padre ciudadano OMAR ALIRIO ARREDONDO, fija la cantidad de MIL BOLIVARES (Bs. 1.000.00) mensuales por concepto OBLIGACION DE MANUTENCION. Mas dos bonos especiales uno en el mes de julio por la cantidad de DOS MIL BOLIVARES (Bs. 2.000.00). Y otro bono en el mes de diciembre por la cantidad de TRES MIL BOLÍVARES (Bs. 3.000,00) con un aumento proporcional del 20% anual para las cantidades antes señaladas, cantidades estas que serán depositadas todos los cinco primeros días de cada mes en la cuenta de ahorro del Banco Sofitasa N° 0137-0073-70-0000012602, a nombre de la progenitora de su hijo la ciudadana LUSITH BERENICE GAMEZ PEREZ. Así mismo ambos padres contribuirán con el 50% de las medicinas y gastos extraordinarios, (deporte, actividades culturales, recreativas artículos de higiene personal, pañales, vestidos) que ocasione el niño, OMITIR NOMBRE, de cuatro meses (04) de edad. De igual forma solicitan que se homologue el presente convenimiento, se cierre y archive el presente expediente. Oídas las exposiciones de las partes, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: Homologar el acuerdo total celebrado entre las partes dándole el efecto de sentencia firme ejecutoriada, por cuanto no se vulneran los derechos que asisten a los niños de autos, por lo que Se ordena el cierre del expediente y el archivo del mismo. Es todo, se terminó, leyó y conformes firman.
LA JUEZ TEMPORAL
Abg. ANA LEONOR PEÑA DE GONZALEZ
LA SECRETARIA TEMPORAL
Abg. LINDA GUILLEN VERGARA
ALP/zgr
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