REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA
En horas de Despacho del día de hoy, lunes once (11) de agosto del año dos mil catorce (2014), siendo las once de la mañana (11:00 a.m.) fecha y hora fijada por este Tribunal mediante auto de fecha seis (06) de agosto del año en curso, con la finalidad de que tuviera lugar la sentencia en audiencia oral y pública en el presente juicio; presentes en la Sala de Audiencias, la Abg. KATHERINE BELTRÁN ZERPA, Jueza Superior Agrario, el Abg. LEONEL PRIMERA, secretario temporal del Tribunal y el ciudadano KEVYN QUINTERO, en su carácter de alguacil accidental del mismo. Asimismo, se encuentran presentes; la ciudadana ANA JOSEFA RANGEL DE RANGEL, venezolana, portadora de la cédula de identidad Nº V-988.103, viuda, agricultora, domiciliada en el municipio Rangel del estado Mérida, debidamente asistida por el abogado FREDDY ALEJANDRO ZERPA GARCÍA portador de la cédula de identidad Nº V-3.037.461, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO) bajo el Nº 23.735, domiciliado en la ciudad de Mérida; el Abogado MARCO ANTONIO DÁVILA, venezolano, portador de la cédula de identidad Nº V- 4.070.265, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO) bajo el Nº 25.626, domiciliado en la ciudad de Mérida, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano LUCIO RIVERA ARISMENDI, venezolano, mayor de edad, casado, portador de cédula de identidad Nº V-2.449.829, productor agropecuario, domiciliado en la población de Mucuchíes, estado Mérida. De igual manera, se hizo el anuncio del acto conforme a lo establecido en el artículo 229 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. En este estado la ciudadana Jueza Abg. KATHERINE BELTRÁN ZERPA, pasa a proferir el dispositivo de la sentencia en los siguientes términos:
DISPOSITIVO
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, actuando como Tribunal de alzada, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: sin lugar el recurso de apelación ejercido en fecha tres (03) de febrero del año dos mil catorce (2014), por la ciudadana ANA JOSEFA RANGEL DE RANGEL, debidamente asistida por el abogado FREDDY ALEJANDRO ZERPA GARCÍA, ambos plenamente identificados en autos, contra la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, en fecha veintisiete (27) de enero de dos mil catorce (2014), decisión aquella mediante la cual se declaró sin lugar la acción posesoria por restitución a la posesión agraria, incoada por la referida ciudadana contra el ciudadano Lucio Rivera Arismendi.
SEGUNDO: como consecuencia de lo anterior, en los términos de esta Alzada se confirma la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, en fecha veintisiete (27) de enero de dos mil catorce (2014).
TERCERO: la presente decisión se dicta dentro del término legal establecido en el artículo 229 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario.
CUARTO: Publíquese la presente decisión en el portal web del Tribunal Supremo de Justicia. Posteriormente, la Jueza informa que el texto íntegro del fallo se publicará dentro de los diez (10) días continuos siguientes a la presente fecha. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA,
ABG. KATHERINE BELTRÁN ZERPA
EL ALGUACIL ACCIDENTAL,
KEVYN QUINTERO,
EL SECRETARIO TEMPORAL,
Abg. LEONEL PRIMERA