JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA.- El Vigía, seis de agosto de dos mil catorce.

204º y 155º

Visto el desistimiento formulado mediante diligencia de fecha 01 de agosto de 2014, suscrita por el abogado SALVADOR BENITEZ CADENAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.499.674, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 142.402, en su carácter de Defensor Público Segundo Agrario, extensión El Vigía Estado Mérida, mediante el cual expone textualmente lo siguiente: “Visto lo alegado por la usuario del despacho, ciudadana Sonia del Carmen Parra Moreno, donde informa que los elementos perturbatorios que generaron la presente medida de protección solicitada, ya no se evidencian en los actuales momentos, ya que cesó las amenazas de invasión por parte de vecinos del predio, es por lo que seria inoficioso realizar la correspondiente inspección judicial fijada. De esta manera solicito muy respetuosamente deje sin efecto la presente medida solicitada, desistiendo de esta manera de dicha acción”; y por cuanto el Tribunal observa que de los autos no consta que con dicho desistimiento se lesionen derechos e intereses protegidos por la decreto de ley, ni versa sobre derechos de naturaleza no disponibles de conformidad con los artículos 205 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario y 363 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, homologa dicho desistimiento, impartiéndole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada y ordenar el archivo de la presente solicitud. De conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase por Secretaría, para su archivo, copia fotostática certificada de la presente decisión.

La Jueza Provisoria,

Dra. Agnedys Hernández
La Secretaria,

Abg. Ana Thais Núñez Contreras

Solicitud Nº 617.-
dhs.-