ACTO CONCILIATORIO
Horas de despacho del día de hoy, Ocho de Noviembre de Dos Mil Catorce, siendo las Nueve de la mañana, día y hora fijados por el Tribunal para que tenga lugar el acto conciliatorio con la ciudadana Juez de éste Despacho, a los fines de tratar puntos de interés sobre la presente causa, solicitada por la parte demandada, que riela al folio 44 del presente expediente. Se abrió el acto, se encuentra presente los ciudadanos LOBO GUERRERO, ALFONSO JESÚS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 18.309.684, asistido por la Abg. YOLANDA GUERRERO B. Inscrita en el Inpreabogado con el Nº42.409. Se encuentran presente los abogado NEPMARY C. SÁNCHEZ y LEONARDO J. MÁRQUEZ, inscritos en el Inpreabogado con los Nº210.878 y 135.304, respectivamente, en su condición de apoderados de la parte actora. Seguidamente solicitó el derecho de palabra el demandado LOBO GUERRERO, JESUS ALFONSO, antes identificado, a través de su abogado asistente y expuso: Solicito al apoderado actor me conceda un lapso de dos (2) meses para realizar el pago integro de Bolívares Veintinueve Mil Ochocientos (Bs.29.800,00) correspondiente a los daños materiales ocasionados en el accidente de tránsito y el pago de bolívares Siete Mil Cuatrocientos Cincuenta (Bs.7.450,00) por costas pactadas en la presente Transacción Judicial en el Tercer mes. Es todo. En este estado, se le concede el derecho de palabra al abogado Leonardo J . Márquez, en su condición de apoderado judicial de la parte actora y concedídole como le fue, expuso: Aceptamos la oferta realizada por el demandado en esta audiencia, quedando los términos establecidos, dos meses para el pago de la deuda íntegra y un mes adicional para el pago de las costas acordadas. Es todo. El Tribunal visto la transacción realizada por las partes, es por lo que procede a homologar la misma, le imparte el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada y se abstiene de archivar el expediente, hasta tanto conste en autos el cumplimiento de la obligación contraída. Es todo. Terminó. Se leyó y conformes firman.
LA JUEZ,

Abg. FRANCINA MARIA RODULFO ARRIA.

EL DEMANDADO Y SU ABOGADO ASISTENTE:

LOS APODERADOS DE LA PARTE ACTORA:

LA SECRETARIA,
ABG. SUSANA PARRA CALDERON