REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 7 de enero de 2014
203º y 154º
Expediente Nro. 08921
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
DEMANDANTE: RAISA DAMIARLIN MANRRIQUE ECHEVERRIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-.23.499.810.
DEMANDADO: EDUARDO LUIS RODRIGUEZ PEREZ, venezolano, mayor de edad titular de la cédula de identidad N° V-22.657.382.
MOTIVO: FIJACION DE OBLIGACION DE MANUTENCION Y BONOS.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
En el día de hoy, martes 7/012014, presentes los ciudadanos RAISA DAMIARLIN MANRRIQUE ECHEVERRIA y EDUARDO LUIS RODRIGUEZ PEREZ, llegaron al presente convenimiento relacionado con la fijación de la obligación de manutención en beneficio de los niños OMITIR NOMBRES, de 1 y 3 años de edad, en los siguientes términos: El padre ciudadano EDUARDO LUIS RODRIGUEZ PEREZ, pagará por obligación de manutención la cantidad de DOS MIL BOLIVARES (Bs. 2.000,00), mensuales, los cuales pagara semanalmente en la cantidad de QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 500,00), en cuanto a los Bonos Especiales se fija en la cantidad de MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 1.500,00) para el mes de Agosto y la cantidad de TRES MIL BOLIVARES (Bs. 3.000,00), para el mes de Diciembre, así mismo dichas cantidades sufrirán un aumento del 20% anual. Las cantidades fijadas serán entregadas directamente a la madre y esta firmara recibo conforme. Los gastos extraordinarios serán compartidos por ambos progenitores en un cincuenta por ciento (50%) cada uno. Las partes manifiestan su conformidad y solicitan se homologue el presente acuerdo y se cierre el expediente. Oídas las exposiciones de las partes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: Homologar el acuerdo total celebrado entre los ciudadanos RAISA DAMIARLIN MANRRIQUE ECHEVERRIA y EDUARDO LUIS RODRIGUEZ PEREZ, dándole el efecto de sentencia firme ejecutoriada. Se ordena el cierre del expediente y el archivo del mismo. CUMPLASE. ------------------------------------------------------------------
LA JUEZ
ABOG. DOANA RIVERA HERRERA
EL SECRETARIO TITULAR
ABOG. PABLO ALARCON SANCHEZ
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