REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, dieciséis [16] de enero de dos mil cuatro [2014]
203º y 154º

A los fines de verificar si ha vencido el lapso para la interposición del recurso de apelación contra el auto homologatorio dictado por este Tribunal en fecha 08 de enero de 2014, mediante el cual declaró homologada el desistimiento efectuado por la parte actora; efectúese por Secretaría Cómputo pormenorizado de los días de despacho, transcurridos por ante este Tribunal desde el día en que constó en autos la publicación de dicha decisión, esto es, el día 08 de enero de 2014, exclusive, hasta el día de hoy, 16 de enero de 2014, inclusive.
LA JUEZA TEMPORAL,


ABG. MILAGROS FUENMAYOR GALLO

LA SECRETARIA TITULAR,



SULAY QUINTERO QUINTERO


LA SUSCRITA SECRETARIA TITULAR DEL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, en atención al auto que antecede, pasa a efectuar el cómputo ordenado y a tal efecto, CERTIFICA: Que revisado tanto el Libro Diario como el almanaque judicial llevados por este Tribunal durante el presente año [2014], se pudo constatar que desde el día 08 de enero de 2014, exclusive, hasta el día de hoy, 16 de enero de 2014, inclusive, transcurrieron en este Juzgado SEIS [06] DIAS DE DESPACHO, discriminados en la forma siguiente: Jueves 09, Viernes 10, Lunes 13, Martes 14, Miércoles 15 y Jueves 16 de enero de 2014. Doy fe en Mérida, a los dieciséis [16] días de enero de dos mil catorce [2014].


LA SECRETARIA TITULAR,



SULAY QUINTERO QUINTERO
MFG/SQQ/yp.-
Exp. 10.574.-

















JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, dieciséis [16] de enero de dos mil catorce [2014]
203º y 154º

Como quiera que del cómputo que antecede [folio 72 y vuelto] se evidencia que el lapso para interponer el recurso de apelación contra el auto homologatorio dictado por este Juzgado en fecha 08 de enero de 2014 [folios 70 y 71], se encuentra totalmente vencido ---sin que ninguna de las partes haya hecho uso legal de tal recurso dentro del lapso legal--- este Tribunal declara firme dicha decisión, le imparte el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada y ordena el archivo de presente expediente. Y así se decide.

LA JUEZA TEMPORAL,


ABG. MILAGROS FUENMAYOR GALLO

LA SECRETARIA TITULAR,


SULAY QUINTERO QUINTERO
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior. Conste,
LA SECRETARIA TITULAR,

SULAY QUINTERO QUINTERO

MFG/SQQ/yp.-
Exp. 10.574.