REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, veintisiete de enero de dos mil catorce.

203° y 154°

Como quiera que el expediente principal se encuentra totalmente terminado, es por lo que este Tribunal ordena suspender la medida de Prohibición de Enajenar y Gravar, decretada por este Tribunal en fecha 16 de octubre de 2013, y participada al Registrador Publico del Municipio Rangel del estado Mérida, según oficio N° 583- 2013, sobre: Un lote de terreno, situado en el punto denominado “Las Mesitas” posesión “El Pajonal” y se denomina “La Cañada” en la Aldea San Isidro, Jurisdicción de la Parroquia San Rafael, Municipio Rangel del estado Mérida, comprendido dentro de las siguientes medidas y linderos: NORTE: Partiendo del punto P-05 de coordenadas E- 294780 y N- 975048, hasta encontrar el punto P-28 coordenadas E- 295196 y N- 975176, con terrenos que son o fueron de María Segunda Romero Briceño y José Dionisio Romero Briceño; SUR: Partiendo del punto P-10 de coordenadas E- 294783 y N-974675, hasta encontrar el punto P- 13, coordenadas E- 295166 y N-974675, hasta encontrar el punto P- 13, coordenadas E- 295166 y N- 974754, antes con terrenos de Eugenio Romero y Dominga Romero de Uzcátegui, ahora con terrenos de la sucesión del Sr. Pablo Uzcátegui; ESTE: Partiendo del punto P- 27 coordenadas E- 295213 y N- 975173, hasta encontrar el P- 13 de coordenadas E- 295166 y N- 974754, en parte con terrenos que son o fueron de María Segunda Romero Briceño y en parte con terrenos que son o fueron de Eugenio Romero y Dominga Romero; OESTE: Partiendo del punto P- 05 coordenadas E- 294780 y N- 975048, hasta encontrar el punto P- 10 coordenadas E-294783 y N- 974675, con terrenos que son o fueron de María Segunda Romero Briceño. El lote de terreno tiene un área total aproximadamente de TRECE HECTÁREAS CON CUATROCIENTOS CINCO METROS CUADRADOS (13.405 ha). Dicho inmueble se encuentra registrado por ante la Oficina de Registro Público del municipio Rangel del estado Mérida, en fecha 27 de diciembre de 2.000, bajo el N° 38, Protocolo Primero, Tomo Segundo, correspondiente al Cuarto Trimestre del citado año y posteriormente por mensura de fecha 09 de julio de 2007, bajo el N° 05, Protocolo Primero, Tomo Primero, correspondiente al Tercer Trimestre del citado año. Ofíciese al Registrador respectivo haciéndole la participación de la suspensión de dicha medida a los fines que se estampe la nota marginal correspondiente.


LA JUEZA TEMPORAL,


Abg. MILAGROS FUENMAYOR GALLO


LA SECRETARIA TITULAR,


SULAY QUINTERO QUINTERO


En la misma fecha se oficio al Registrador bajo el número 35-2014. Conste,



LA SECRETARIA TITULAR,


SULAY QUINTERO QUINTERO

MFG/SQQ/pmv.-