Solicitud Nº 73-2013.
Sentencia definitiva
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS TOVAR, ZEA, GUARAQUE Y ARZOBISPO CHACON DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, Tovar, Treinta (30) de Enero de Dos Mil Catorce. (2014)
203° y 154°
SOLICITANTE: MIGUEL ANTONIO ROMERO, venezolano, mayor de edad, soltero, comerciante, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.799.485, domiciliado en EL Municipio Guaraque del Estado Mérida y civilmente hábil.
MOTIVO: RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO.
VISTOS: Se inicia la presente causa mediante formal escrito, presentado por el ciudadano MIGUEL ANTONIO ROMERO, asistido de la Abogada LOURDES YANETH VEGAS DE LOZADA, titular de la cédula de identidad Nº V.-7.929.956, Inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 174.322, domiciliada en Tovar, Municipio Tovar del Estado Mérida y hábil en el que expone: que consta de su Partida de Nacimiento signaa con el N° 128, inscrita ante la Prefectura Civil del Municipio Guaraque del Estado Mérida, en fecha dieciocho (18) de mayo de Mil Novecientos Setenta y Cuatro (1974), que fue asentado con el nombre de MIGUEL ANTONIO, hijo de SINFORIANA ROMERO DE GUERRERO.
Alega que en dicha partida se omitió el Primer nombre de su madre que es MARIA, tal como se evidencia en copia certificada de su Partida de Nacimiento, copia certificada del acta de matrimonio y copia de su cédula de identidad, que acompañan a la solicitud marcadas con las letras desde la “A” a la “D”. Que en razón de estos hechos solicita la rectificación de su Partida de Nacimiento para que se corrija la omisión cometida, en el nombre de su madre que es MARIA SINFORIANA y no solamente SINFORIANA como consta en su Partida de Nacimiento, todo de conformidad con el artículo 769 del Código de Procedimiento Civil.
Recibida la solicitud, fue admitida en fecha Dieciséis (16) de Octubre de 2013, y se acordó la citación del ciudadano Fiscal de Guardia para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes Civil e Instituciones Familiares del Estado Mérida, con sede en Mérida, la cual constó en actas en fecha cinco (05) de Diciembre de Dos Mil Trece 2013, (folio 27), y de igual forma se ordenó, la publicación de EDICTO en un diario de circulación nacional, el cual consta agregado al folio dieciséis (16).
En fecha veinte (20) de diciembre de 2013, se dejó constancia que venció el lapso establecido para la comparecencia del Fiscal del Ministerio Público así como de cualquier persona interesada en la solicitud para hacer alguna observación; y no habiéndose hecho oposición alguna, queda abierta a pruebas la causa por un lapso de Diez (10) días de Despacho.
En fecha 21 de Enero de 2014, se dejó constancia que venció el lapso para la promoción y evacuación de pruebas en la presente causa.
De las actas del expediente consta que se anexo a la solicitud, copia fotostatica certificada de la Partida de Nacimiento del ciudadano MIGUEL ANTONIO ROMERO, expedida por ante el Registro Principal del Estado Mérida (folios 4 vlto y folio 5); y Copia Certificada de la Partida de Nacimiento del ciudadano MIGUEL ANTONIO ROMERO, expedida por ante el Registro Civil de la Parroquia Guaraque del Estado Mérida, (folio 7); de las cuales aparece que el nombre de su madre es Sinforiana; pero de la Copia certificada de la Partida de Nacimiento de la ciudadana MARIA SINFORIANA, expedida por el Registro Civil de la Parroquia Guaraque del Estado Mérida (folio 6); Copia certificada de la Acta de Matrimonio de la ciudadana MARIA SINFORIANA ROMERO, (folio 8); Copia fotostatica de la cédula de identidad de la ciudadana MARIA SINFORIANA ROMERO SANCHEZ, se evidencia que el nombre correcto es MARIA SINFORIANA Así se decide.-
En consecuencia, de todos estos documentos, al ser valorados y concordados previamente, considera esta juzgadora, que está demostrado lo alegado en la solicitud, debiendo proceder a rectificar la Acta de nacimiento del solicitante. Así se decide.
DECISION
Por las razones expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS TOVAR, ZEA, GUARAQUE Y ARZOBISPO CHACON DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, con sede en la ciudad de Tovar, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: rectificada la Acta de Nacimiento del ciudadano MIGUEL ANTONIO ROMERO, soltero, comerciante, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.799.485, domiciliado en El Municipio Guaraque del Estado Mérida y civilmente hábil en cuanto a la rectificación del Primer nombre de su madre ciudadana “SINFORIANA ROMERO DE GUERRERO”, siendo lo correcto, “MARIA SINFORIANA ROMERO DE GUERRERO”. Queda así rectificada. A tal efecto, expídase por la secretaría de este Tribunal, copia fotostática certificada de la presente sentencia y junto con oficio se acuerda remitir a los organismos competentes a los fines de que se estampen las notas marginales correspondientes, una vez quede definitivamente firme. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 502 del Código Civil y en concordancia con el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide.-
PUBLÍQUESE Y DÉJESE COPIA.
DADA FIRMADA Y SELLADA EN EL DESPACHO DEL JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS TOVAR, ZEA, GUARAQUE Y ARZOBISPO CHACON DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Tovar, Treinta (30) de Enero de Dos Mil Catorce. (2014) Años 203º de la Independencia y 154º de la Federación.
LA JUEZ,
ABG. YAMILETH MORA RAMIREZ
LA SECRETARIA,
ABG. MAYOLY VEGA MONTERO
|