REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 06 de Febrero de 2014
203º y 154º
Expediente Nro. 09106
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
DEMANDANTE: LUIS ALBERTO GUTIERREZ VIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.604.416
DEMANDADA: YVANA STHEFANIA GONZALEZ PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.578.082
MOTIVO: OFRECIMIENTO OBLIGACION DE MANUTENCION Y BONOS
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
El día de hoy, Jueves 06/02/2014, presente los ciudadanos LUIS ALBERTO GUTIERREZ VIVAS y YVANA STHEFANIA GONZALEZ PEREZ, quienes manifestaron estar de acuerdo en con fijar la obligación de manutención a favor de su hijo OMITIR NOMBRE de seis (06) años de edad, en los siguientes términos: El padre ciudadano LUIS ALBERTO GUTIERREZ VIVAS, fija la cantidad de OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs.800,00) mensuales, mas dos bonos especiales uno en el mes de Julio por la cantidad de Mil Bolívares (Bs.1.500,00) y otro en el mes de diciembre por la cantidad de Mil Quinientos Bolívares (1.500,00) con un aumento proporcional del 20% anual para las cantidades antes señaladas, así mismo contribuirá con el 50% de la medicinas y gastos odontológicos que ocasione el niño OMITIR NOMBRE de seis (06) años de edad dichas cantidades serán depositadas en el Banco Provincial en la cuenta de ahorro N° 01080115000200228125. De igual forma solicitan que se homologue el presente convenimiento, se cierre y archive el presente expediente 09106. Es por lo que este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, resuelve: Homologar el acuerdo total celebrado entre las partes LUIS ALBERTO GUTIERREZ VIVAS y YVANA STHEFANIA GONZALEZ PEREZ, plenamente identificados a los autos, dándole el efecto de sentencia firme ejecutoriada. Se ordena el cierre y archivo del expediente. CUMPLASE
LA JUEZ
Abg. CONSUELO DEL C. TORO DAVILA
La Secretaria
Abg. ANA LEONOR PEÑA DE GONZALEZ
Zulay / 09106
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