REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida Extensión El Vigía.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
El Vigía, diecisiete (17) de Febrero de Dos Mil catorce.
203º y 154º
ASUNTO Nº CP-DP-2013-2745
CELEBRACIÓN DE LA FASE DE MADIACIÓN
DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR
En el día de actividad jurisdiccional de hoy, diecisiete (17) de Febrero de 2014, oportunidad fijada por este Tribunal para llevarse a efecto la audiencia preliminar en fase de mediación de conformidad con lo previsto en el articulo 469 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por tratarse de un asunto sometido al Procedimiento Contencioso signado bajo el Nº CP-DP-2013-2745. Motivo: Fijación de la Obligación de Manutención; se anunció el acto a las puertas del Tribunal, se deja constancia que se presentó al acto la parte demandante ciudadana NORMERY MILAGROS MENDOZA MEDINA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V- 18.208.951. Igualmente se deja constancia que compareció al acto la parte demandada ciudadano JORGE EDUARDO LUGO MARQUINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.695.400. Dirige y preside el acto la Jueza Temporal Primera de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución Abg. Minerva Yorley Zambrano Ramírez, y como Secretario el Abg. Arturo José Canales Gutiérrez. Se declara abierta la audiencia, se encontró presente el Fiscal Undécimo del Ministerio Público Abg. JESÚS ALEXANDER DUARTE ZAMBRANO. Se escucho al ciudadano: JORGE EDUARDO LUGO MARQUINA, quien expuso: “Estoy dispuesto en pasar la cantidad SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs. 600) en dinero efectivo que serán depositados en la cuenta de ahorro y CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs. 400) en cesta ticket para lo cual la madre de mi hijo cuando me reciba firmara comprobante de recibido mensuales; dos bonos especiales para el mes de agosto de cada año la cantidad de UN MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 1500), para útiles y uniformes escolares y otro en el mes de diciembre de cada año por la cantidad de TRES MIL BOLIVARES (Bs. 3000), para cubrir gastos de las fiestas decembrinas propios de la temporada navideña; además contribuiré con los gastos de medicina y médico, por cuanto se encuentra beneficiado por seguro del IPASME, con cobertura de HCM y por medicamentos de Farmacia; dichos montos de obligación serán depositados en la cuenta del Banco del Pueblo Soberano Nº 0149-0014-48-0400318148 a nombre de la aquí madre de nuestro hijo: OMITIR NOMBRE. Dichos montos serán aumentados anualmente en un veinticinco por ciento (25%)”. Seguidamente se escucho a la ciudadana: NORMERY MILAGROS MENDOZA MEDINA, quien expuso: “Si estoy de acuerdo con los montos aquí establecidos“. Teniendo ésta Acta de convenimiento carácter de Documento Público y no siendo contrario a derecho, ni violatorio de normas de orden público, sino que al contrario beneficio del niño: OMITIR NOMBRE, de tres (03) años de edad, por cuanto mantiene una decisión de las partes de proceder a cumplir una obligación legal y natural. En consecuencia éste TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION, SUSTANCIACION Y EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SEDE EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes HOMOLOGA el convenimiento suscrito por los ciudadanos ciudadana NORMERY MILAGROS MENDOZA MEDINA Y JORGE EDUARDO LUGO MARQUINA, en beneficio del niño: OMITIR NOMBRE, de tres (03) años de edad, da carácter de cosa juzgada y ordena el archivo del expediente Nº CP-JV-2013-2745 de fijación de Obligación de Manutención. CÚMPLASE.-------------------------------------------
LA JUEZA TEMPORAL
ABG. MINERVA YORLEY ZAMBRANO RAMÍREZ.
NORMERY MILAGROS MENDOZA MEDINA.
LA PARTE DEMANDANTE.
JORGE EDUARDO LUGO MARQUINA.
LA PARTE DEMANDADA.
ABG. JESÚS ALEXANDER DUARTE ZAMBRANO.
FISCAL UNDÉCIMO DEL MINISTERIO PÚBLICO.
EL SECRETARIO.
ABG. ARTURO JOSÉ CANALES GUTIÉRREZ.
Exp. Nº CP-DP-2013-2745
AJCG.-
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