REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA




PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida. Sede El Vigía.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución.
El Vigía, dieciocho (18) de Febrero de 2014.

203º y 154º
Asunto: CP-DP-2012-1732

CELEBRACIÓN DE LA FASE DE SUSTANCIACIÓN
DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR

En el día de hoy, martes dieciocho (18) de Febrero de 2014, siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m), día y hora fijado por este Tribunal para llevar a cabo la Audiencia de Sustanciación en el Expediente signado bajo el No. CP-DP-2012-1732, Motivo: Fijación de la Obligación de Manutención, intentado por la ciudadana MARIANGELES ARELLANO NIETO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-25.312.677, en su carácter de parte actora, debidamente asistida por los ciudadanos Fiscales Undécimos del Ministerio Público, Abogados: RITA VELAZCO URIBE y JESÚS ALEXANDER DUARTE ZAMBRANO, contra el ciudadano ELDER JOHARY CABALLERO GARCIA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-24.551.752. Se deja expresa constancia que compareció al acto la ciudadana MARIANGELES ARELLANO NIETO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-25.312.677, se encuentra presente el Fiscal Undécimo del Ministerio Público, Abogado JESÚS ALEXANDER DUARTE ZAMBRANO. Igualmente se deja constancia que compareció al acto la parte de mandada el ciudadano ELDER JOHARY CABALLERO GARCIA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-24.551.752. Se le concedió el derecho de palabra la Abg. JESÚS ALEXANDER DUARTE ZAMBRANO, quien expuso: “Como punto previo le solicito respetuosamente a la ciudadana Juez que con fundamento al principio de medios alternos de resolución de conflictos previo a la sustanciación se insté a las partes a la mediación en beneficio de la niña OMITIR NOMBRE”. Esta juzgadora previa solicitud de la representación Fiscal insta a las partes de conformidad el artículo 450 literal “e” de la ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes; en tal sentido se le concedió el derecho de palabra al ciudadano: ELDER JOHARY CABALLERO GARCIA, quien expuso: “Ofrezco voluntariamente a favor de mi hija: OMITIR NOMBRE, la cantidad de DOS MIL BOLÍVARES (Bs. 2.000,00) MENSUALES, los cuales serán depositados en la cuenta de ahorro Nº 1750028750061501025 del Banco Bicentenario a nombre de la madre, los cuales depositare quincenal. Además se establezco UN BONO ESPECIALES, para el mes de DICIEMBRE de cada año, por la cantidad de CINCO MIL BOLÍVARES (Bs. 5.000,00) para cubrir los gastos decembrinos. Así mismo los gastos extras que se susciten por médicos, medicinas, recreación y otros, serán sufragados por ambos padres, al momento que se susciten y cuando su hija así lo requiera. Esta obligación de manutención será aumentada en forma automática y proporcional en un veinte por ciento (20%) anual sobre los montos aquí convenidos”. Se le concede el derecho de palabra a la adolescente: OMITIR NOMBRE, quien expuso: “Si estoy de acuerdo con los montos aquí establecidos”. Teniendo ésta Acta de convenimiento carácter de Documento Público y no siendo contrario a derecho, ni violatorio de normas de orden público, sino que al contrario beneficia a la niña OMITIR NOMBRE, de dos (02) años de edad, por cuanto mantiene una decisión de las partes de proceder a cumplir una obligación legal y natural. En consecuencia éste TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION, SUSTANCIACION Y EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. SEDE EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes HOMOLOGA el convenimiento suscrito por los ciudadanos ELDER JOHARY CABALLERO GARCIA y MARIANGELES ARELLANO NIETO; en beneficio de la niña OMITIR NOMBRE, de dos (02) años de edad, da carácter de cosa juzgada y ordena el archivo del expediente Nº CP-JV-2012-1732 de Homologación Obligación de Manutención. CÚMPLASE.---------------------------------------------------------------------
JUEZA TEMPORAL.


ABG. MINERVA YORLEY ZAMBRANO RAMIREZ.
MARIANGELES ARELLANO NIETO.
LA PARTE DEMANDANTE.
ELDER JOHARY CABALLERO GARCIA.
LA PARTE DEMANDADA.
ABG. JESÚS ALEXANDER DUARTE ZAMBRANO
FISCAL UNDÉCIMO DEL MINISTERIO PÚBLICO


EL SECRETARIO


ABG. ARTURO JOSÉ CANALES GUTIÉRREZ
Exp Nº CP-DP-2012-1732/ AJCG.