REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida
Mérida, 17 de julio de 2014
204º y 155º

Vista la demanda de contenido patrimonial interpuesta, por el abogado VÍCTOR JOSÉ CORREA FERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V.- 14.574.688, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 110.233, actuando en su carácter de Apoderado Judicial del CONSEJO NACIONAL PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD contra la SOCIEDAD MERCANTIL “DISTRIBUIDORA TROPIOCCIDENTE, C.A.”, por la cancelación de multa y en virtud de la presente acción cumple con los requisitos previstos en el artículo 33 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y no se encuentra incursa en las causales de inadmisibilidad de la demanda prevista en el artículo 35 ejusdem, es por lo que este Órgano Jurisdiccional ADMITE la presente causa, en cuanto ha lugar en derecho, y como consecuencia de ello se ordena proceder a la citación del ciudadano HEINER KOCH THOMAS, titular de la cédula de identidad Nº V.- 3.937.610, en su condición de presidente de la referida Sociedad Mercantil, a fin de que sea conminado a comparecer a la audiencia preliminar oral a la que refiere el artículo 57 ejusdem, la cual tendrá lugar al DÉCIMO (10º) día de despacho siguiente, contados a partir de la fecha en que conste en autos la ultimas de las notificaciones, a las nueve y treinta antes meridiem (09:30 a.m.), en la cual deberán expresar si contravienen los hechos expresados por la contraparte con el propósito de fijar con precisión los hechos controvertidos, debiendo presentar ambas partes los medios de pruebas que sustenten sus afirmaciones. De igual manera se le señala que la contestación de la demanda deberá realizarse por escrito, dentro del lapso de diez (10) días de despacho siguientes a la celebración de la audiencia preliminar, presentándose los documentos probatorios correspondientes. Líbrese Oficios. Entréguese al Alguacil para que practique la citación.

LA JUEZ SUPERIOR,

DRA. MORALBA DEL VALLE HERRERA

LA SECRETARIA

ABG. ANA MARIA FIGUEROA
Exp. LP41-G-2014-000029