REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida con sede en Mérida.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 30 de junio de 2.014
204º y 155º
Revisado como ha sido las actas que integran el presente expediente, y por cuanto se evidencia que las causa que originaron la medida de protección a favor del niño OMITIR NOMBRE, ya cesaron, la cual se evidencia en la decisión dictada por el Extinto Tribunal de Protección en fecha 02-08-2007, inserta al folio 263; en consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ACUERDA el cierre y archivo del presente expediente Nº 12797. DEMANDANTE: OMITIR NOMBRES. ADOLESCENTE: OMITIR NOMBRES; MOTIVO: MEDIDA DE PROTECCION. Procedencia: CONSEJO DE PROTECCION DEL MUNICIPIO LIBERTADOR ESTADO MERIDA; Fecha de Entrada: 14 DE OCTUBRE de 2012. CÚMPLASE.
LA JUEZA
ABG. DOANA RIVERA HERRERA
LA SECRETARIA TEMPORAL
ABG. JHOANNY ROJAS MARIN
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior,
La Sría.
Fm/12797
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