REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 05 de Junio de 2014
204º y 155º
Expediente Nro. 09808
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
DEMANDANTE: DIEGO DIER AMER KONTAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-20.866.701
DEMANDADA: MAYRET JOSEFINA VERGARA PEÑA, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-18.123.172
MOTIVO: FIJACION DE REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
El día de hoy, jueves 05/06/2014 presente los ciudadanos DIEGO DIER AMER KONTAR y MAYRET JOSEFINA VERGARA PEÑA, manifestaron querer establecer de mutuo acuerdo la FIJACION DEL REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR de la niña OMITIR NOMBRE, de siete años, en los siguientes términos: el padre buscará a la niña en el hogar de la madre el día viernes a las 6:00pm y los retornará el día domingo a las 3:30pm, cumpliendo con las actividades escolares programadas por el colegio a realizar y entregar el lunes y el fin de semana siguiente lo compartirá con la madre y así sucesivamente, a partir viernes 13 del mes de junio del presente año, se deja constancia que el padre en la semana que no le corresponda compartir con la niña podrá retirarla los días jueves a las 3:30 hasta las 6:00pm hora en que la retornará al hogar de la madre informándole con anticipación a la madre vía mensaje de texto cualquier cambio por motivo de viaje, enfermedad del padre o motivo de trabajo. En cuanto a las vacaciones escolares serán compartidas y los días de semana santa, carnaval serán compartidos equitativamente con ambos padres en cuanto a el 24 de diciembre lo compartirá y los 31 lo pasará será en forma alterna de mutuo acuerdo entre las partes, siempre y cuando la niña lo desee. Las partes solicitan se homologue el presente acuerdo y se de por terminada la presente causa con el cierre y archivo del expediente 09808. resuelve: Homologar el acuerdo total celebrado entre las partes ANNUAR ANDRES MALDONADO SANTIAGO y EUYELIN DEL CARMEN PEÑA SOTO, plenamente identificados a los autos, dándole el efecto de sentencia firme ejecutoriada. Se ordena el cierre y archivo del expediente. CUMPLASE
LA JUEZA TEMPORAL
Abg. ANA LEONOR PEÑA DE GONZALEZ
LA SECRETARIA TEMPORAL
ABOG LINDA GUILLEN VERGARA
ALP/ZGR
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