TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, Veinticinco de Junio de Dos Mil Catorce.
204º Y 155º
EXP. N° 8713
Demandante: ANA DELFINA PAEZ GUTIERREZ
Demandado: EUTICIO OBANDO ARAQUE
Motivo: CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE PROMESA BILATERAL DE PAGO.
Vista la transacción suscrita entre las partes intervinientes en el en el presente juicio, en fecha 20 de junio de 2014, y que obra en autos en el presente expediente, donde de común acuerdo y en fundamento a lo estipulado en el artículo 256 de la Vigente Ley Adjetiva Civil, suscriben la transacción que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE PROMESA BILATERAL DE PAGO, sigue ANA DELFINA PAEZ GUTIERREZ, Contra EUTICIO OBANDO ARAQUE. En tal sentido este Despacho, luego de un riguroso y minucioso análisis de los puntos que conforman este acuerdo de voluntades, llega al convencimiento procesal que el mismo no vulnera el orden público, ni transgrede ninguna disposición legal; que en este arreglo se ha dado estricto cumplimiento al Derecho a la Defensa e igualdad de las partes en el debido proceso, premisas constitucionales éstas de indubitable cumplimiento para una sana, recta Administración de Justicia, tal como así lo prescriben hoy día los Artículos 26, 49, 253, 254, y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por consiguiente es Forzoso concluir, que se acuerda y así se decreta de acuerdo a lo previsto en el artículo 256 de la vigente Ley Adjetiva Civil, en concordancia, con los también vigentes artículos 1713 y 1718 del Código Sustantivo Civil, LA HOMOLOGACION DE LA TRANSACCION, impartiéndole el carácter de Sentencia Pasada con Autoridad de Cosa Juzgada, se da por terminado el juicio y se ordena el archivo del expediente
LA JUEZ:
ABG. FRANCINA M. RODULFO A.
LA SECRETARIA:
ABG. SUSANA E. PARRA C.
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