REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, doce [12] de junio de dos mil catorce [2014].

204º y 155º

Vista la diligencia que antecede de fecha 06 de junio de 2014 [folio 35], suscrita por la abogada en ejercicio MARTHA OLIVA IRIARTE DE PAREDES, en su condición de co-apoderada judicial de la parte actora, mediante el cual solicita el desglose del folio 07 al 19; este Tribunal acuerda conforme a lo solicitado y ordena que se efectúe la devolución del documento, que obra inserto del folio 07 al 19, a la parte que lo requiere dado que es la misma que lo ha producido, debiéndose dejar en su lugar copias fotostáticas debidamente certificadas por la Secretaria de este órgano jurisdiccional; y constancia de tal devolución en el documento desglosado, tal y como, está establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. En tal sentido, certifíquese por Secretaría la copia certificada expedida por la Registradora Pública del Municipio Campo Elías del estado Mérida, de fecha 29 de abril de 2014, que obra inserta del folio 07 al 19 del presente expediente, de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, insertándose al pie de la certificación el presente auto. Corríjase foliatura a partir del folio 07, de conformidad con los artículos 25 y 109 del Código de Procedimiento Civil, debiendo la Secretaria dejar constancia de lo corregido. Provéase lo conducente. Se advierte a la diligenciante que deberá dejar constancia [mediante diligencia] de haber recibido conforme el documento ut supra desglosado. Cúmplase.

LA JUEZA TEMPORAL,



ABG. MILAGROS FUENMAYOR GALLO

LA SECRETARIA TITULAR,


SULAY QUINTERO QUINTERO
En…
… la misma fecha se desglosó el documento que obra inserto del folio 07 al 19; y en su lugar, se dejaron copias debidamente certificadas. Se corrigió la foliatura a partir del folio 07 del presente expediente; e igualmente hago constar que la numeración válida y correcta es la que no se encuentra tachada y la tachada no es válida. Conste,

LA SECRETARIA TITULAR,


SULAY QUINTERO QUINTERO
MFG/SQQ/yp.-
EXP. 10.686.-