REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, dos [02] de junio de dos mil catorce [2014].
204° y 155°
Vista las pruebas promovidas por el abogado en ejercicio MIGUEL ÁNGEL GÓMEZ, en su condición de co-apoderado judicial de la parte actora, ciudadana ZONIA HERNÁNDEZ TORRES, en fecha 20 de mayo de 2014 [folio 59 y 60]; y estando dentro del lapso legal para providenciarlas de conformidad con el artículo 398 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal lo hace en la forma siguiente:
1.-PRUEBAS DOCUMENTALES: En cuanto a las pruebas documentales promovidas en el particular “I” del escrito de promoción de pruebas, con respecto a: los fotostatos simples del expediente 22.975, que curso por ante el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Mérida; la constancia de concubinato expedida por la Registradora Civil de la Parroquia Montalbán del Municipio Campo Elías del estado Mérida, en fecha 26 de marzo de 2010; y la constancia expedida por el Consejo Comunal del Molino, parroquia Ignacio Fernández Peña [anexadas junto con el escrito libelar y marcadas “B” y “C”]; este Tribunal las admite cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, en consecuencia procédase a su evacuación.
2.- PRUEBA DE RATIFICACIÓN: En cuanto a la prueba promovida en el capitulo “II”, este Tribunal la admite cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, y para la evacuación de la misma, este Tribunal de conformidad con el artículo 431 del Código de Procedimiento Civil, fija el TERCER (3º) DÍA DE DESPACHO, siguiente al de hoy a las DIEZ DE LA MAÑANA [10: a.m], para que tenga lugar la presentación y comparecencia de la testigo ANA JOSEFINA BIRCEÑO DE RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-8.023.938 y civilmente hábil, quien para la fecha del 26 de marzo de 2010, se desempeñaba como Registradora Civil de la parroquia Montalbán del municipio Campo Elías del estado Mérida; para que reconozca el contenido y su firma en la constancia de concubinato, marcada con la letra “B”, que obra inserta al folio 24 del presente expediente.
3.- PRUEBA TESTIFICAL: En cuanto a la prueba testifical promovida en el capitulo “II”, este Tribunal la admite cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, y para la evacuación de la misma, este Tribunal de conformidad con el encabezamiento y la parte in fine del artículo 483 del Código de Procedimiento Civil, fija:
El TERCER (3º) DÍA DE DESPACHO, siguiente al de hoy a las ONCE DE LA MAÑANA [11:00 a.m], para que tenga lugar la presentación y comparecencia de la testigo, ciudadana YULEIMA COROMOTO RODRÍGUEZ MORA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-13.098.108, soltera, Licenciada en Comunicación Social, domiciliada en “…la ciudad de Ejido del municipio Campo Elías del estado Mérida, …” [sic] y civilmente hábil; para que declare a tenor del interrogatorio que le formule la parte promovente, y su adversario, si fuere el caso.
El SEXTO (6º) DÍA DE DESPACHO, siguiente al de hoy a las DIEZ DE LA MAÑANA [10:00 a.m], para que tenga lugar la presentación y comparecencia de la testigo, ciudadana SORENA DEL CARMEN MATERAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-5.755.326, divorciada, Licenciada en Educación, domiciliada en la “…la ciudad de Ejido del municipio Campo Elías del estado Mérida,…” [sic] y civilmente hábil; para que declare a tenor del interrogatorio que le formule la parte promovente, y su adversario, si fuere el caso.
LA JUEZA TEMPORAL,
Abg. MILAGROS FUENMAYOR GALLO
LA SECRETARIA TITULAR,
SULAY QUINTERO QUINTERO
MFG/SQQ/yp.-
EXP. 10.630.