REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida
Mérida, diecinueve (19) de marzo de dos mil catorce (2014)
203º y 155º

SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA
I
IDENTIFICACION DE LAS PARTES.

ASUNTO: LP21-L-2013-000345

PARTE DEMANDANTE: HUMBERTO DIAZ ANGULO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-7.219.966.

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDANTE: NANCY JOSEFINA CALDERON TREJO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.475.833, e inscrita en el IPSA bajo el No. 91.089, en su condición de Procuradora Especial del Trabajo del Estado Mérida. (Folios 10 al 12)

PARTE DEMANDADA: REGULO DIAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 4.391.876, en su condición de Patrono.

ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DE LA PARTE DEMANDADA: LUIS ALONZO DUGARTE, titular de la cédula de identidad Nº 3.034.189, inscrito en el IPSA bajo el No. 53.205.

MOTIVO: COBRO PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.

En el día hábil de hoy, miércoles diecinueve (19) de marzo de dos mil catorce (2014), siendo las once de la mañana (11:00 a.m), día y hora fijados por este Tribunal para llevarse a efecto el inicio de la audiencia oral y pública de juicio en la presente causa, de conformidad con lo previsto en los artículos 151 y siguientes de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se anunció el acto a la puerta de la sala de audiencia, se deja constancia que se encuentra constituido el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con la presencia de la Juez Titular, DUBRAWSKA PELLEGRINI PAREDES, la Secretaria, MARÍA ALEJANDRA GUTIÉRREZ PRIETO y el ciudadano Alguacil, FREDDY MONSALVE, dejándose constancia que la misma es reproducida en forma audiovisual por el técnico adscrito a esta Coordinación del Trabajo, ciudadano EDGAR MIR, en atención al principio de publicidad, concentración y de seguridad, todo de conformidad con lo señalado en el artículo 162 de la precitada Ley Adjetiva Laboral. En este estado, y previo el anuncio de Ley realizado por el prenombrado Alguacil, la ciudadana Secretaria, procede a certificar la comparecencia de las partes, al efecto, se encuentra presente: la parte demandada, ciudadano REGULO DIAZ, venezolano, mayor de edad, quien se identifico con su cédula de identidad laminada registrada bajo el No. 4.391.876, en su condición de Patrono, asistido del Abogado en ejercicio LUIS ALONZO DUGARTE, inscrito en el IPSA bajo el No. 53.205. Así mismo, se deja constancia de la incomparecencia de la parte demandante, ciudadano HUMBERTO DIAZ ANGULO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-7.219.966, ni por sí ni por intermedio de apoderado judicial alguno. Verificada como ha sido la comparecencia de la parte demandada y el motivo del presente acto, la Juez informa que en virtud de la incomparecencia de la parte demandante, conlleva el efecto jurídico previsto en el artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, vale decir, el desistimiento de la acción, no obstante, en atención a lo señalado por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia No. 1.184, dictada en fecha 22 de septiembre de 2009, que ha establecido que en virtud de la irrenunciabilidad de los derechos laborales, se entiende como el DESISTIMIENTO DEL PROCESO, así se declara mediante sentencia oral proferida en este acto, en aplicación al criterio establecido por el Máximo Tribunal de la República, en virtud de la incomparecencia de la parte demandante. Dado firmado y sellado en la Sala de Audiencias del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida. En Mérida, a los diecinueve (19) días del mes de marzo del año dos mil catorce (2014). Años 203º de la Independencia y 155º de la Federación. Es todo, terminó se leyó y conformes firman siendo las 11:48 a.m.

La Juez Titular


Dubrawska Pellegrini Paredes

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Parte Demandada


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Abogado Asistente de la parte demandada


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El Alguacil El Técnico Audiovisual



La Secretaria