REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 21 de Marzo de 2014
203º y 154º
Expediente Nro. 09329
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
DEMANDANTE: FRANCISCO JOSE SALAS PRATO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.623.544
DEMANDADA: JANETTY KAROLINA MOLINA GUERRERO, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-13.013.267
MOTIVO: MODIFICACION DE REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
El día de hoy, Viernes 21/03/2014 presente los ciudadanos FRANCISCO JOSE SALAS PRATO y JANETTY KAROLINA MOLINA GUERRERO, manifestaron querer establecer de mutuo acuerdo la MODIFICACION DEL REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR del niño OMITIR NOMBRE, de siete (07) años de edad, en los siguientes términos: el padre buscará al niño cada quince días los días sábado a las 8:00 a nueve 9:00 de la mañana y lo retornará el día domingo a las 6:00pm a la casa de su madre, comenzando a partir del día de mañana sábado 22 del presente mes, en cuanto a las vacaciones escolares de julio y septiembre el padre compartirá con su hijo el 50% de dicho periodo vacacional, iniciando en el año 2014 cuando finalicen las clases escolares. En relación a las vacaciones de carnaval y semana santa comenzará este año el carnaval con la madre y semana santa con el padre y así sucesivamente alternando cada año. Para los días de navidad comenzando este año con la madre la semana del veinticuatro (24) de diciembre es decir buscándolo el 20 y regresándolo el 27 del mismo mes y el treinta y uno (31) lo pasará con el padre buscándolo el 27 y regresándolo el 04 de enero, alternando las fechas cada año, teniendo contacto vía telefónica, computarizada, entre otros el padre con su hijo. Las partes solicitan se homologue el presente acuerdo y se de por terminada la presente causa con el cierre y archivo del expediente 09329 resuelve: Homologar el acuerdo total celebrado entre las partes FRANCISCO JOSE SALAS PRATO y JANETTY KAROLINA MOLINA GUERRERO, plenamente identificados a los autos, dándole el efecto de sentencia firme ejecutoriada. Se ordena el cierre y archivo del expediente. CUMPLASE
La Jueza
Abg. CONSUELO DEL C. TORO DAVILA
La Secretaria
Abg. ANA LEONOR PEÑA DE GONZALEZ.
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