En horas de despacho del día de hoy, 11 de marzo de dos mil catorce, siendo las nueve de la mañana, oportunidad fijada por este Juzgado para que tenga lugar el acto de comparecencia de la ciudadana MARÍA DEL CARMEN MONSALVE DE LACRUZ. Se abrió el acto, previo el pregón de ley dado por el Alguacil a las puertas de despacho y se hizo presente una persona que juramentada dijo ser y llamarse como ha quedado escrito, quien es venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 8.018.005, domiciliada en Barrio Pueblo Nuevo calle principal Casa Nº 1-94, quien manifestó no saber firmar y a ruego firma en su nombre la ciudadana BLANCA ELENA LACRUZ MONSALVE, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 8.037.876, domiciliada en Barrio Pueblo Nuevo calle Principal Casa N 1-10. Impuesto del motivo de sus comparecencia y al serles puesto a la vista el DOCUMENTO PRIVADO DE VENTA, que obra inserto al folio dos (02) con su vuelto del presente expediente, y a objeto de que reconozca su contenido y firma del documento antes mencionado. El Juzgado les puso a la vista el documento y expusieron: la ciudadana MARÍA DEL CARMEN MONSALVE DE LACRUZ: “Reconozco en todas y cada una de sus partes el documento antes señalado, que se me leyó por no saber leer. Igualmente reconozco que firmó por mi a ruego por no saber leer ni escribir la ciudadana BLANCA ELENA LACRUZ MONSALVE”. Seguidamente la ciudadana BLANCA ELENA LACRUZ MONSALVE manifestó; “ reconozco como mía la firma que aparece en el documento que me ha sido puesto a la vista y es la misma firma que utilizo en todos loa actos públicos y privados, la cual hice ha ruego por no saber firmar la ciudadana MARÍA DEL CARMEN MONSALVE DE LACRUZ”. vista la declaración de las ciudadanas MARÍA DEL CARMEN MONSALVE DE LA CRUZ y BLANCA ELENA LACRUZ MONSALVE este Juzgado declara: RECONOCIDO, dicho documento. Se deja constancia que se encuentran presentes en este acto la solicitante ANGELICA LACRUZ MONSALVE, asistida por la Abogada NEVES EUGENIA CORREA ALBORNOZ. Es todo, se leyó y conformes firman.
La Jueza,
ABG. MIREYA FLORES FLORES.
La Compareciente
MARIA DEL CARMEN MONSALVE DE LACRUZ
La ciudadana (Firma a ruego)
BLANCA ELENA LACRUZ MONSALVE
Solicitante
ANGELICA LACRUZ MONSALVE
Abogada Asistente
NIEVES EUGENIA CORREA ALBORNOZ
El Secretario
ABG. JESUS QUINTERO
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