REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación Sustanciación.
Mérida, 05 de mayo de dos mil catorce

204º y 155 º
Asunto Nro. 10385
Visto el anterior CONVENIMIENTO DE MODIFICACION DE REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, presentado por las abogadas EDDYLEIBA BALZA PEREZ y NANCY JUDITH QUINTERO CARRERO, en su carácter de Fiscal Titular Provisorio y Auxiliar Novena del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, del sistema de Protección de Niño, Niña y Adolescente y la Familia (Civil, Instituciones Familiares y Protección), a solicitud del los ciudadanos LORETO HUGO ENRIQUE Y FRIAS MORENO JAVIANA RESURRECCION, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-16.639.622 y V-18.796.748 respectivamente, a favor de la ciudadana niña OMITIR NOMBRE, de nueve (09) años de edad. Lo admite cuanto ha lugar en derecho, por no ser el mismo contrario al orden público a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la ley. En ese sentido y habiéndose revisados todos los términos expuestos en dicho convenio. El padre compartirá con su hija de la siguiente manera: los fines de semana, cada 15 días el fin de semana completo y los otros dos fines de semana los días sábados, la buscara a las 11: 00 a. m y la retornara cuando corresponda el día sábado a las 05:00p .m, a casa de la abuela y a la misma hora cuando corresponda los domingos iniciar el fin de semana completo, este fin de semana 29/03/2014, realizará una llamada telefónica diaria entre 07:00 y 8:00 p. m. a la línea móvil 0424-7412773, de igual modo la madre, cuanto la niña este con el padre, en el mismo horario al 0414-7452221, en vacaciones escolares cada padre tomará el 50 % del asueto, hincando la madre este año el disfrute de la primera mitad y el padre la buscara el día 16 de agosto hasta el 07 de septiembre. En semana Santa y Carnaval del 2015, intercambiaran los asuetos completos entre los padres, iniciando con la madre con el Carnaval y Semana Santa con el padre. En navidad compartirá una fecha especial con la madre y la otra con el padre, con su respectiva semana, este año 2014 inicia el 24 con la madre y el 31 con el padre, cada año sucesivo invertirán los términos del disfrute. El día del padre y el día de la madre con el progenitor respectivo. El día del cumpleaños de la niña, cada uno compartirá 50% del día con la niña. Invirtiendo la hora de disfrute cada año sucesivo. Estando presente la madre manifestó estar de acuerdo con lo expuesto por el padre de su hijo. Prevaleciendo sus derechos e intereses y en aras de garantizarlos, en consecuencia esta Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, les imparte su aprobación y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 315 y 387 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes el mencionado acuerdo suscrito en fecha 24 de marzo de 2014, por los ciudadanos, LORETO HUGO ENRIQUE Y FRIAS MORENO JAVIANA RESURRECCION, ut supra identificados, indicándosele a las partes que la presente homologación tiene fuerza ejecutiva. Expídase por Secretaría copia certificada del escrito de solicitud del convenimiento suscrito por las partes y de la presente decisión. Se ordena el cierre y el archivo del presente expediente. Cúmplase lo ordenado.

LA JUEZA

ABG. DOANA RIVERA HERRERA

LA SECRETARIA TEMPORAL

ABG. JHOANNY ROJAS MARIN




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