REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO

JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, cinco (05) de mayo de dos mil catorce (2014). Años 204º y 155º.


Transcurridos como han sido los lapsos legales pertinentes. Este Tribunal Superior Agrario, para mayor certeza de las partes, y en búsqueda de la verdad, deja constancia que la presente causa se suspende a partir del día de hoy, en virtud que se solicitó mediante oficio al Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, copias certificadas de tres actas de inspección judicial insertas en el expediente Nº 3050, numeración particular de dicho Tribunal, el cual se encuentra sin Despacho desde el veinticuatro (24) de febrero de dos mil catorce (2014). Por lo tanto, la causa se reanudará en el estado en que se encontraba, hasta que dichas actas sean consignadas al presente expediente, todo de conformidad con los artículos 74 del Código de Procedimiento Civil, 190, 191 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Es todo.
LA JUEZA,

ABG. KATHERINE BELTRÀN ZERPA
LA SECRETARIA TEMPORAL

ABG. MORAIMA MOLINA