JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, 09 de mayo de 2014.
204° y 155°
Visto el desistimiento de fecha 06 de mayo de 2014, folio (40), hecho por la abogado ROXANA YASIBIT MONSALVE PAREDES, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora en el presente proceso y teniendo expresa facultad para ello, como se evidencia en poder apud-acta otorgado en fecha 20 de febrero de 2014, inserto al folio (26) del presente expediente. El Tribunal homologa el desistimiento del presente procedimiento hecho por la parte actora de conformidad con los artículos 263 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, da por terminado el proceso y ordena el archivo del expediente una vez quede firme la presente decisión. Y así se decide.-
EL JUEZ
ABG./M. Sc. JUAN CARLOS GUEVARA
LA SECRETARIA TEMPORAL
ABG. LII ELENA RUIZ TORRES
JCG/LERT/CC.