REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 27 de Noviembre de 2014
204º y 155º
Expediente Nro. 11367

DENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
DEMANDANTE: MERCADO PUENTE VICTOR ALFONSO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.933.212
DEMANDADO: MARIA VIRGINIA SALAZAR LACRUZ, venezolano, mayor de edad titular de la cédula de identidad N° V-19.146.253.
MOTIVO: OFRECIMIENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCION Y BONOS.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.

En el día de hoy, jueves 27/11/2014, presente los ciudadanos MERCADO PUENTE VICTOR ALFONSO y MARIA VIRGINIA SALAZAR LACRUZ, llegaron al presente convenimiento relacionado con el Ofrecimiento de la Obligación de Manutención y Bonos en beneficio de la niña, SE OMITE NOMBRE, de cinco (05) años de edad, en los siguientes términos: Acuerdan la obligación de manutención en la cantidad de UN MIL QUINIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 1.500,00), mensuales. Así mismo se establecen dos (02) Bonos especiales, uno en el mes de Agosto en la cantidad de SEIS MIL BOLÍVARES (Bs. 6.000,00) y para el mes de Diciembre en la cantidad de SEIS MIL BOLÍVARES (Bs. 6.000.00). En cuanto a los gastos extraordinarios y de médicos serán compartidos por ambos padres en un cincuenta por ciento (50%) cada uno. Dichas cantidades serán aumentadas de manera automática anual en un veinticinco por ciento (25%). Las partes manifiestan su conformidad y solicitan se homologue el presente acuerdo y se cierre el expediente. Oídas las exposiciones de las partes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: Homologar el acuerdo total celebrado entre los ciudadanos MERCADO PUENTE VICTOR ALFONSO y MARIA VIRGINIA SALAZAR LACRUZ dándole el efecto de sentencia firme ejecutoriada. Se ordena el cierre del expediente y el archivo del mismo. CUMPLASE. ------

LA JUEZ


ABOG. DOANA RIVERA HERRERA

LA SECRETARIA TEMPORAL

ABOG. FABIOLA COLMENARES