REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDASDE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO
DE MERIDA

204° Y 155°

EXPEDIENTE NRO. 8434

La presente causa ingresa a este Juzgado por demanda intentada por MIGUEL ANGEL VILLAMIZAR MONTIEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.757.422, actuando en su propio nombre, inscrito en el inpreabogado bajo el N°72.175 de este domicilio y hábil, contra KILDARE ARTURO SOSA GUERRERO por COBRO DE BOLIVARES VIA INTIMATORIA. Ahora bien, el presente expediente fue recibido por este Tribunal y en fecha 26 de Septiembre de 2012, se admitió la misma cuanto ha lugar en derecho, y se ordeno la intimación del ciudadano demandado, para que comparezcan por ante el Tribunal dentro del Décimo día de despacho siguiente a que conste en autos la intimación a los fines de pagar o formular oposición al decreto intimatorio. Igualmente se ordeno librar copias certificadas del libelo de demanda con su decreto intimatorio para que sea entregada al demandado al momento en que el alguacil practique su citación. El 26 de Septiembre de 2012, este Tribunal ordena el desglose de la Letra de Cambio para ponerla en resguardo y custodia del Tribunal; se ordeno al alguacil elaboración de los correspondientes fotostatos… El 10 de Octubre de 2012, Diligenció el abg, Miguel Ángel Villamizar y consigna los emolumentos necesarios para el traslado del alguacil…El 18 de Octubre de 2012, por auto del Tribunal se decreta Medida Preventiva de Embargo. Se ordena formar cuaderno y se remite al Juzgado Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del estado Mérida a los fines de su práctica. Se le da salida y se remite con oficio N° 2710/610… El día 30 de Noviembre de 2012, diligencio el Abg; Miguel Ángel Villamizar, y solicitó oficiar al Juzgado Ejecutor a los fines de devolver el cuaderno de Embargo… En la misma fecha el Abg.; Miguel Ángel Villamizar solicitó exhortar al Tribunal Ejecutor a los fines de que sea practicada la medida de Embargo decretada. El 04 de Noviembre de 2012, por auto del Tribunal se acuerda conforme a lo solicitado y se ordena recabar el cuiaderno de embargo que se encuentra en el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas,. En la misma fecha se ofició bajo el N° 2710/732… El 18 de Diciembre de 2012, es recibido por este Tribunal el cuaderno de embargo, y se cancela su asiento de salida…y como quiera que desde ésta última fecha hasta la presente ha transcurrido más de un (01) año y de acuerdo con lo establecido en el artículo 267 de la Ley Adjetiva Civil este Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente Juicio. Se ordena la notificación de la parte actora y una vez conste en autos su notificación comenzará a correr el lapso para interponer los recursos a que haya lugar. -Notifíquese, Regístrese, Publíquese, y déjese copia certificada u original de la presente Sentencia. DADA, FIRMADA, SELLADA Y REFRENDADA EN LA SALA DE DESPACHO DEL TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. Mérida, 18 de Noviembre de dos mil catorce.
LA JUEZ;

ABG. FRANCINA MARIA RODULFO ARRIA
LA SECRETARIA;

ABG. SUSANA E. PARRA CALDERON.
En la misma fecha se publicó la anterior sentencia, previa las formalidades de Ley, siendo las Ocho y cuarenta de la mañana.
La Sria.;