JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA. Mérida, diecinueve de noviembre del dos mil catorce.

204º y 155º
Visto el escrito de Transacción de fecha 14 de noviembre del dos mil catorce (folios 17 al 23), celebrada entre los ciudadanos MARIA VIRGINIA PERNÍA RAMÍREZ, venezolana, mayor de edad, soltera, soltera, Abogada en ejercicio, titular de la cédula de identidad Nº V-11.952.121, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 70.173, actuando con el carácter de Endosatario en Procuración del ciudadano JESÚS MARIA PARRA SÁNCHEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-6.089.078, domiciliado en el Municipio Rangel del estado Mérida y civilmente hábil, y LUIS EMIRO ZAMBRANO SULBARÁN, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-10.104.605, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 109.925, domiciliado en el Municipio Libertador del estado Mérida, y jurídicamente hábil, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano RAMÓN ALFONSO RANGÉL, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-8.017.999, domiciliado en el Municipio Rangel del Estado Mérida, y civilmente hábil, en su carácter de parte demandada, en el presente proceso. El Tribunal homologa dicha transacción, le imparte el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, de conformidad con los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil, da por terminado el proceso y no se ordena el archivo del expediente hasta conste de autos el cumplimiento total de la obligación contraída por las partes (demandante – demandada). Y así se decide.-
EL JUEZ,

ABG. MSc. JUAN CARLOS GUEVARA LISCANO.
EL SECRETARIO TEMPORAL,


ABG. ANTONIO RAMÓN PEÑALOZA.
JCG/Arp/icm.-