REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, once [11] de noviembre de dos mil catorce [2014].

204º y 155º

Por cuanto de la multiplicidad de trabajo, el trámite de Amparos Constitucionales, la elaboración de cuadros estadísticos mensuales, la admisión de gran cúmulo de demandas, providenciaciones, proferimiento de decisiones interlocutorias y sentencias definitivas, no ha sido posible proferir la sentencia definitiva en la presente causa dentro del lapso legal respectivo, este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil, DIFIERE EL PRONUNCIAMIENTO DE LA SENTENCIA para dentro de los TREINTA [30] DÍAS CONSECUTIVOS ó CALENDARIOS siguientes al de hoy.

LA JUEZA TEMPORAL,



Abg. MILAGROS FUENMAYOR GALLO


LA SECRETARIA TITULAR,



SULAY QUINTERO QUINTERO
MFG/SQQ/yp.-
Exp. 10.669.-