REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 17 de octubre de 2014
204º y 155º
Expediente Nro. 11072
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
DEMANDANTE: YUDITH MARGARITA ROJAS ALIZO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.462.022
DEMANDADO: JAIRO JOSE QUINTERO, venezolano, mayor de edad titular de la cédula de identidad N° V-13.524.495.
MOTIVO: FIJACION DE LA OBLIGACION DE MANUTENCION Y BONOS
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
En el día de hoy, viernes 17/10/2014, presente los ciudadanos YUDITH MARGARITA ROJAS ALIZO y JAIRO JOSE QUINTERO, llegaron al presente convenimiento relacionado con la fijación de la obligación de manutención y bonos en beneficio de la adolescente y niño OMITIR NOMBRES, de 12 y 9 años de edad, en los siguientes términos: El padre ciudadano JAIRO JOSE QUINTERO, se compromete a aportar la cantidad de DOS MIL QUINIENTOS BOLÍVARES (BS.2.500) mensuales por obligación de manutención, así mismo, el padre aportará la cantidad de SEIS MIL BOLÍVARES (6.000,00) COMO BONO ESCOLAR EN EL MES DE AGOSTO, y la cantidad de OCHO MIL BOLÍVARES (Bs.8.000,00) como bono navideño en el mes de diciembre. Estas cantidades sufrirán un aumento proporcional en el porcentaje que le sea aumentado al obligado. Es acuerdo que as referidas cantidades serán descontadas directamente de la nómina que percibe el trabajador como obrero de la Gobernación del estado Mérida, donde se desempeña como Ayudante de Servicios Generales, por lo que se ordena oficiar a la Dirección de Recursos Humanos, en dos quincenas, a saber de Bs. 1.250,00 cada una y depositadas, a la cuenta de ahorros del Banco Sofitasa a nombre de la progenitora Nº 0137 0021 49 0003265322. Igualmente se acuerda oficiar a los fines que el beneficio de cesta tickets juguetes que otorga la Gobernación del estado, sea entregado directamente a la madre. Las partes manifiestan su conformidad y solicitan se homologue el presente acuerdo y se cierre el expediente. Oídas las exposiciones de las partes, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: Homologar el acuerdo total celebrado entre los ciudadanos YUDITH MARGARITA ROJAS ALIZO y JAIRO JOSE QUINTERO dándole el efecto de sentencia firme ejecutoriada. Se ordena el cierre del expediente y el archivo del mismo. CUMPLASE. --------------------------------------------------------------------------------------------
LA JUEZ
ABOG. DOANA RIVERA HERRERA
LA SECRETARIA TEMPORAL
ABOG. JHOANNY ROJAS MARIN
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