REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 31 de Octubre de 2014
201º y 153º
Expediente Nro. 11313
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
DEMANDANTE: JUAN EDUARDO ZERPA VIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 15.075.950
DEMANDADO: MARLENE LISBEHT CONTRERAS BARRIOS,, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-13.790.773
MOTIVO: OFRECIMIENTO DE LA OBLIGACION DE MANUTENCION Y BONOS
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
El día de hoy, viernes 31/10/2014, presente los ciudadanos JUAN EDUARDO ZERPA VIVAS y MARLENE LISBEHT CONTRERAS BARRIOS, quienes manifestaron querer establecer de mutuo acuerdo en beneficio del niño OMITIR NOMBRE, de cinco (05) años de edad, acordando la mensualidad en la cantidad de bolívares MIL QUINIENTOS (Bs.1.500,00) que serán cancelados los primeros cinco días de cada mes. Igualmente el padre fija dos bonos especiales uno para el mes de agosto y otro para el mes de diciembre por la cantidad de TRES MIL BOLIVARES (Bs.3.000,00) para cada uno de los bonos. Asimismo ambos progenitores se comprometen a cancelar el 50% de los gastos extraordinarios tales como (medicinas, médicos, tratamientos deportes etc…) Igualmente acuerdan que dichas cantidades deberán ser depositadas en la cuenta de ahorros del Banco Sofitasa N°01370025780000656952 a nombre de la ciudadana MARLENE LISBEHT CONTRERAS BARRIOS, dichas cantidades tendrán un aumento anual del 20%. El Tribunal HOMOLOGA el acuerdo antes indicado. Acuerda el cierre y archivo del expediente. CUMPLASE
La Jueza

Abg. CONSUELO DEL C. TORO DAVILA

LA SECRETARIA

Abg. LINDA GUILLEN VERGARA.

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Zulay