En el día de hoy veintiocho (28) de Octubre del año dos mil catorce, siendo las diez de la mañana, habiendo salido el Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, de su sede a las nueve de la mañana, se trasladó y constituyó previa solicitud de la parte actora, en la sede del Banco Banesco, Banco Universal, ubicado en la Calle 24, entre Avenidas 4 y 5 Edificio Banesco, con la finalidad de seguir o continuar con la Ejecución de la Medida Preventiva de secuestro decretada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de la Circunscripción Judicial de Estado Mérida. Circuito Judicial de Protección, niño, niña y adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, expediente Nº 096672 y cuya comisión fue signada por el Tribunal con el Nº 168 Demandante: Yusmari Alarcón Mejias, Demandado: Roger Lisandro Sifontes Maldonado. Motivo: Divorcio Ordinario, están presentes el Apoderado de la parte actora Abogado Roger Ernesto Dávila Ortega, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 11.461.857, Inpreabogado Nº 62.832 y el Ciudadano Orlando J. Lobo, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 12.955.867, quien dijo ser Gerente de Operaciones y Servicios en la Entidad Bancaria; seguidamente el Tribunal procedió a notificarlo de su misión y constitución, seguidamente la parte actora solicita el derecho de palabra y concedida como fue expuso: “ solicito al Tribunal que el Ciudadano Gerente informe si en las cuentas del Ciudadano Roger Lisandro Sifontes Maldonado, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 12.064.899, cuenta corriente Nº 01340005-90-0053115241 y en la cuenta de ahorros Nº 0134-0005-92-0052155813, tiene disponibilidad de dinero, solicito en caso afirmativo, se proceda a la práctica de medida de secuestro, es todo”. Acto seguido, visto el pedimento realizado por el Apoderado de la parte actora, este Tribunal insta al Ciudadano Orlando J. Lobo anteriormente identificado, para que informe si existe disponibilidad de dinero en las cuenta corriente Nº 01340005-90-0053115241 y en la cuenta de ahorros Nº 0134-0005-92-0052155813, es todo”. Acto seguido el Ciudadano Orlando J. Lobo, solicita el derecho de palabra y concedido como fue manifestó: el Ciudadano Roger Lisandro Sifontes, Maldonado, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 12.064.899, en la cuenta corriente se observa que esta en cero Bolívares (Bs. 00/00) y en la cuenta de ahorros tiene un saldo de SEISCIENTOS OCHENTA Y CINCO BOLIVARES CON CERO OCHO CENTIMOS (685,08), es todo”. Acto seguido el Apoderado de la parte actora solicita el derecho de palabra y concedido como fue expuso: “ solicito al Tribunal secuestre el cincuenta por ciento del monto existente en la cuenta de ahorros, es todo”, seguidamente el Tribunal insta al Gerente a elaborar un cheque de Gerencia por el cincuenta por ciento del moto existente en la cuenta de ahorros de la parte demandada a nombre del Tribunal comitente de la presente comisión; acto seguido el Ciudadano Gerente de la entidad Bancaria procede a la elaboración del cheque de Gerencia, con fecha 28-10-2014, cheque de Gerencia Nº 00019032, Banesco por la cantidad de trescientos cuarenta y cinco Bolívares con cincuenta y cuatro céntimos (345,54) a Tribunal comitente Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de la Circunscripción Judicial de Estado Mérida. Circuito Judicial de Protección, niño, niña y adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en Mérida; acto seguido este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara el secuestro del cincuenta por ciento del monto existente en la cuenta de ahorros Nº 0134-0005-92-0052155813, perteneciente al Ciudadano Roger Lisandro Sifontes Maldonado, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 12.064.899. Cumplido como ha sido la Medida de Secuestro a la cuenta de Ciudadano anteriormente identificado, e el Banco Banesco, cuenta señalada en la presente Comisión. Se deja constancia de que se respetaron todos los derechos y garantías constitucionales no recaudando tasa ni arancel alguno en este acto dada la gratuidad de la justicia. Terminó, se leyó y conformes firman regresando el Tribunal a su sede a las once de la mañana.
La Jueza:
ABG. MIREYA FLORES FLORES.
EL APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA:
ABG. ROGER DAVILA,
El GERENTE Y NOTIFICADO DEL BANCO BANESCO:
ORLANDO J. LOBO
La Secretaria Temporal:
ABG. THAIS A. FLORES MORENO
LA ALGUACIL ACC
YURAIMA RONDON.
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