JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, dieciséis de octubre del dos mil catorce.

204º y 155º

Visto el desistimiento de fecha 17 de julio del dos mil catorce (folio 155), hecho por la ciudadana DORA LINA HERNANDEZ, identificada en autos, y la aceptación de los demandados MAIGUALIDAD ROJAS HERNANDEZ, CARLOS JAVIER ROJAS HERNANDEZ Y ANA MIREYA ROJAS HERNANDEZ, en fecha 13 de octubre del 2014, asistidos por los abogados FRANK REINALDO ANDRADE CASTILLO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 199.097. El Tribunal homologa el desistimiento del presente procedimiento hecho por la parte actora, de conformidad con los artículos 263 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, da por terminado el proceso, y el archivo del expediente una vez quede firme la presente decisión. Y así se decide.-
EL JUEZ

ABG/M.Sc. JUAN CARLOS GUEVARA



LA SECRETARIA

ABG. LII ELENA RUIZ TORRES
JCG/Lert/ap