REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, veinte [20] de octubre de dos mil catorce [2014].
204° y 155°


De conformidad con el artículo 107 del Código de Procedimiento Civil y a los fines indicados en el artículo 397 eiusdem, agréguense a los autos los escritos de promoción de pruebas ---juicio principal/reconvención--- presentados por las partes, ante la Secretaría de este Juzgado en el lapso previsto en el artículo 396 de la citada norma adjetiva; los cuales fueron consignados en fecha 16 de octubre de 2014, tanto por la abogada en ejercicio MARÍA GABRIELA RIVERO SOTO, en su condición de apoderada judicial de la parte demandada-reconviniente, ciudadano JOSÉ ALVARO VALERO REINOZA, constante de dos [02] folios; como por la abogada en ejercicio CRISTINA BEATRIZ FIGUEREDO GONZÁLEZ, en su condición de apoderada judicial de la parte actora-reconvenida, HEILEN ANETTE HERNÁNDEZ QUIROZ, constante de dos [02] folios. Cúmplase.

LA JUEZA TEMPORAL,



ABG. MILAGROS FUENMAYOR GALLO

LA SECRETARIA TITULAR,


SULAY QUINTERO QUINTERO

En la misma fecha se agregaron a los autos los escritos de promoción de pruebas presentados por las partes. Conste,

LA SECRETARIA TITULAR,


SULAY QUINTERO QUINTERO
MFG/SQQ//yp.-
Exp. 10.621.