REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, siete [07] de octubre de dos mil catorce [2014].
204º y 155º
Vista la diligencia que antecede de fecha 06 de octubre de 2014 [folio 49], suscrita por la abogada en ejercicio JESUSA INÉS NUÑEZ RINCÓN , quien funge en autos con el carácter de apoderada judicial de la demandante, ciudadana CARLY DELFINA ANGULO UZCÁTEGUI, por medio de la cual solicita se fije nuevo día y hora para la evacuación del testigo JOSETH ALEJANDRO PISANI MONSALVE; este Tribunal, a los fines de determinar si se encuentra o no agotado el lapso de evacuación de pruebas en el presente juicio y proveer lo que sea conducente, ordena efectuar por Secretaría, con vista del Libro Diario y el Almanaque Judicial llevados en este Juzgado durante el presente año [2014], el cómputo de los días de despacho transcurridos en este Tribunal desde el día 28 de julio de 2014, exclusive, fecha del auto mediante el cual se providenciaron las pruebas de la parte actora [folios 38 y 39], al día de hoy, 07 de octubre de 2014, inclusive. Cúmplase.
LA JUEZA TEMPORAL,
ABG. MILAGROS FUENMAYOR GALLO
LA SECRETARIA TITULAR,
SULAY QUINTERO QUINTERO
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto que antecede. Conste,
LA SECRETARIA TITULAR,
SULAY QUINTERO QUINTERO
MFG/SQQ/yp.-
Exp. 10.642.
LA SUSCRITA SECRETARIA TITULAR DEL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, en atención a lo ordenado en el auto que antecede y con vista tanto del Libro Diario como el Almanaque Judicial llevados por este Tribunal durante el presente año [2014], pasa efectuar el cómputo ordenado, y a tal efecto, CERTIFICA: Que desde el día 28 de julio de 2014, exclusive, al día de hoy 07 de octubre de 2014, inclusive, transcurrieron en este Tribunal VEINTE [20] DÍAS DE DESPACHO. Doy fe, en Mérida a los siete [07] días del mes octubre de dos mil catorce [2014].-
LA SECRETARIA TITULAR,
SULAY QUINTERO QUINTERO
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, siete [07] de octubre de dos mil catorce [2014].
204° y 155°
Vista la diligencia que antecede de fecha 06 de octubre de 2014 [folio 49], suscrita por la abogada en ejercicio JESUSA INÉS NUÑEZ RINCÓN, quien funge en autos con el carácter de apoderada judicial de la demandante, ciudadana CARLY DELFINA ANGULO UZCÁTEGUI, por medio de la cual solicita se fije nuevo día y hora para la evacuación del testigo JOSETH ALEJANDRO PISANI MONSALVE, este Tribunal para decidir, observa:
PRIMERO: Que se desprende del cómputo que antecede de esta misma fecha realizado por la Secretaria del Tribunal con arreglo al Libro Diario y al Almanaque Judicial llevados en este Juzgado durante el presente año [2014], que desde la fecha en que se providenció el escrito de pruebas de la parte actora, vale decir, desde el día 28 de julio de 2014, exclusive, hasta el día de hoy 07 de octubre del año en curso, inclusive, han transcurrido veinte [20] días de despacho.
SEGUNDO: Que estando previsto en el artículo 400 del Código de Procedimiento Civil, que el lapso de evacuación de pruebas para el juicio ordinario, como es el caso que ocupa en este momento la atención del Tribunal, es de treinta [30] días [los cuales, por tratarse de pruebas, se computan por días de despacho], es evidente que, descontando de dicho lapso, los transcurridos hasta este momento [20 días], se concluye que para la preclusión del mismo aún faltan por transcurrir para este momento, diez [10] días de despacho. Y así queda establecido.
TERCERO: Que el tiempo faltante para la terminación del lapso de evacuación, hace posible una nueva fijación para oír el testimonio del ciudadano JOSETH ALEJANDRO PISANI MONSALVE [promovido por la parte actora], sin riesgo de que el mismo sea rendido fuera del plazo legalmente establecido. Y así se establece.
Con base en los razonamientos que anteceden, este Tribunal encuentra ajustada a derecho la petición de la profesional del derecho JESUSA INÉS NUÑEZ RINCÓN, quien funge en autos con el carácter de apoderada judicial de la parte actora, puesto que el lapso de evacuación aún no ha sido agotado, razón por la cual, este Tribunal fija el TERCER [3er] DÍA DE DESPACHO siguiente al de hoy, a las DIEZ DE LA MAÑANA [10:00 a.m.] para la presentación y examen del testigo JOSETH ALEJANDRO PISANI MONSALVE, sin necesidad de citación, por no haberlo solicitado expresamente la parte actora-promovente.
LA JUEZA TEMPORAL,
ABG. MILAGROS FUENMAYOR GALLO
LA SECRETARIA TITULAR,
SULAY QUINTERO QUINTERO
MFG/SQQ/yp.-
Exp. 10.642.-