JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA.- El Vigía, dieciséis de octubre de dos mil catorce.
204º y 155º
Visto el desistimiento formulado mediante diligencia de fecha 05 de agosto de 2014, suscrita por el abogado OMAR DIAZ ANGULO, con el carácter acreditado en autos, mediante el cual expone textualmente lo siguiente: “visto, el escrito de contestación de la y promoción de pruebas, donde la ciudadana MARITZA DEL CARMEN PARRA LEON; manifiesta y consigna al folio 74 un Título de Adjudicación de Tierras. DESISTO DEL PROCEDIMIENTO Y DE LA ACCION”; y por cuanto el Tribunal observa que de los autos no consta que con dicho desistimiento se lesionen derechos e intereses protegidos por la decreto de ley, ni versa sobre derechos de naturaleza no disponibles de conformidad con los artículos 205 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario y 363 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, homologa dicho desistimiento, impartiéndole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada y ordenar el archivo de la presente causa. De conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase por Secretaría, para su archivo, copia fotostática certificada de la presente decisión.
La Jueza Provisoria,
Dra. Agnedys Hernández
La Secretaria,
Abg. Ana Thais Núñez Contreras
Exp. Nº 3317.-
dhs.-
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